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Documento BOE-B-2003-168111

Anuncio del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre notificación del acuerdo de incoación de expedientes sancionadores.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2003, páginas 5802 a 5802 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2003-168111

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento con

lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y dado que no ha podido

ser efectuada la notificación en sus últimos

domicilios sociales conocidos, se notifica a las sociedades

que en el anexo se relacionan que el Presidente

del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas,

en uso de las atribuciones conferidas por el apartado

1 del artículo 221 del texto refundido de la Ley

de Sociedades Anónimas, aprobado por Real

Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, ha

dictado con fecha 19 de mayo de 2003, acuerdo

de incoación de expedientes sancionadores por el

posible incumplimiento de la obligación de depósito,

en la debida forma y plazo en el Registro Mercantil

de sus domicilios sociales, de sus cuentas anuales

y documentación complementaria correspondiente

al ejercicio social del año 2001, de acuerdo con

lo establecido en la Sección décima del capítulo

VII (artículos 218 a 222), del citado texto refundido

de la Ley de Sociedades Anónimas.

Este hecho puede ser constitutivo de la infracción

administrativa tipificada en el precitado apartado

1 del artículo 221 del texto refundido de la Ley

de Sociedades Anónimas, el cual prevé la imposición

de una sanción de multa, graduable según los

parámetros y previsiones específicas contempladas en

los apartados 2 y 3 del mismo artículo.

A efectos del régimen de recusación vigente

establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimientos Administrativo Común, la competencia

para la instrucción de dichos expedientes,

corresponde a funcionarios de este Instituto, cuyo nombre

consta en el acuerdo de incoación íntegro.

La competencia para la resolución de los

expedientes, conforme a lo preceptuado en el artículo

221 del texto refundido de la Ley de Sociedades

Anónimas, corresponde al Presidente de este

Instituto.

Dado que este acuerdo no se publica en su

integridad, de conformidad con lo previsto en el artículo

61 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se indica a las sociedades

inculpadas que el acuerdo de incoación íntegro está a

su texto íntegro de la resolución que se notifica

se encuentra a su disposición, junto al resto de la

documentación del expediente, en la sede de este

instituto, calle Huertas, número 26, 28014 Madrid,

así como que, tal y como dispone el artículo 16

del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por

el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento

para el ejercicio de la potestad sancionadora,

dispone de un plazo de quince días, a contar desde

la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial

del Estado, o desde el último día de su exhibición

en el tablón de edictos del Ayuntamiento en que

radique el domicilio de cada una de las sociedades,

si fuera posterior, para aportar cuantas alegaciones,

documentos o informaciones estime convenientes

y, en su caso, proponer prueba concretando los

medios de que pretenda valerse, de acuerdo con

lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, en

el supuesto de que no se presentaran alegaciones

en dicho plazo, y dado que el presente acuerdo

de incoación contiene un pronunciamiento preciso

acerca de las responsabilidades imputadas, el

contenido del mismo será considerado como propuesta

de resolución, debiendo entenderse a tal efecto

propuesta la imposición a cada una de las entidades

inculpadas de la correspondiente sanción de multa

por el importe que en el anexo se detalla.

Anexo

Relación de n.o de expedientes, sociedades

inculpadas, domicilios sociales, cifras de capital social

(euros) y multa propuesta (euros) para cada sociedad

en el supuesto de que no se facilite los datos

solicitados sobre su dimensión social ni se formulen

alegaciones

2003008709. Asturbiza, S.A. Santa Lucía, 19,

33206 Gijón (Asturias). 360.607,26. 9.892,61.

2003008691. Promociones Jardines de Begoña,

S.L. Santa Lucía, 19, piso 6 A, 33206 Gijón

(Asturias). 360.607,26. 9.892,61.

2003008763. Medina Metal Sociedad Anónima.

C/ González Besada, nos 7-9, 1.o, 33007 Oviedo

(Asturias). 540.910,89. 12.508,31.

2003008772. Ast Urbano de Construcción, S.A.

C/ Uría, n.o 30-6.o, 33003 Oviedo (Asturias).

540.910,89. 12.508,31.

2003008817. Moncalvo Agropecuaria, S.A.

Cervantes, 29, 33004 Oviedo (Asturias). 333.561,72.

9.447,66.

2003008682. Alimentaria Asturiana Aliastur, S.A.

Ala B, nave 3, polígono Silvota, 33690

Silvota-Llanera (Asturias). 300.506,05. 8.878,55.

Madrid, 1 de julio de 2003.-El Secretario general,

Pedro de María Martín.-33.981.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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