Desconociéndose el actual domicilio de D.
Ramón Aguirre Astilleros, por no hallársele en el
de la calle General Gil Dolz, número 5, de Paterna
(Valencia), se le hace saber por el Director General
Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas
Armadas, y en el expediente incoado para el ejercicio
del desahucio de la vivienda de la que es titular,
que se ha formulado con fecha 23 de abril de 2003,
Requerimiento de Pago, al ser causa de resolución
de contrato de vivienda militar contemplado en la
letra a) (la falta de pago del canon arrendaticio
de uso o de las cantidades cuyo abono haya asumido
o sean repercutibles al usuario, correspondientes a
tres mensualidades) del artículo 10, párrafo 1.o, de
la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo
a la movilidad geográfica de los miembros de las
Fuerzas Armadas, modificada por Ley 24/2001, de
27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas
y del orden social, modificada nuevamente por la
Ley 53/2002, de 30 de diciembre de 2002, de
medidas fiscales, administrativas y del orden social. En
consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 10 de la Ley 26/1999, de 9 de julio,
le requiero a fin de que proceda al desalojo
voluntario en el plazo de un mes a partir de la publicación
del presente edicto, bajo apercibimiento, en caso
de incumplimiento de que se instruirá el
procedimiento previsto en el artículo 10.4, a fin de obtener
su efectividad.
Madrid, 26 de junio de 2003.-El Instructor.
Firmado: José Luis Casas Aybar.-33.227.
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