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Documento BOE-B-2003-156109

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria sobre Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de Información Pública y definitivamente el Estudio Informativo de clave: EI-1-S-18. "Autopista de peaje Zurita-Parbayón".

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 2003, páginas 5383 a 5383 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2003-156109

TEXTO

Visto el informe de la Dirección General de

Carreteras sobre el Estudio Informativo de referencia y

en uso de la competencia establecida en la

Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo

de 1996, resuelvo:

1) Declarar que el expediente de información

pública del Estudio Informativo reseñado en el

asunto cumple con lo preceptuado en los artículos 32,

33, 34 y 35 del Reglamento de Carreteras

(1811/1994, de 2 de septiembre). 2)

Aprobar el expediente de información pública del Estudio

Informativo "Autopista de peaje Zurita Parbayón"

de clave EI-1 S 18 y definitivamente el mismo,

seleccionando como alternativa a desarrollar la

alternativa L del Estudio Informativo, consistente en una

autopista de peaje de 15,561 Km con un presupuesto

de ejecución por contrata de 92,833 MEUR. 3) En

la fase de anteproyecto, además de las condiciones

de la Declaración de Impacto Ambiental, se

cumplirán las prescripciones siguientes: 3.1 Se

modificará el trazado según planos que se adjuntan,

sustituyendo el Tramo II B (Alternativa J), por el III

C (Alternativa L), y modificando éste en el sentido

de aproximar el trazado de la N 634, disminuyendo

el radio de la curva del P. K. 3, manteniendo el

trazado por el norte de Carandía. 3.2 Se ajustará

el trazado en la medida de lo posible al sur de

Renedo, entre el P. K., 6+100 y el P. K. 6+600,

a fin de disminuir la afección a las fincas existentes,

proyectando muros si fuera necesario para contener

los terraplenes en el entorno de las viviendas. Se

proyectarán protecciones contra el ruido. 3.3 Se

desplazará la reposición del camino de acceso al

paso superior del P. K. 5+650 de la alternativa J

al punto más conveniente a la vista del perfil

definitivo del anteproyecto, de modo que enlace con

el camino público actualmente en servicio. 3.4 Se

estudiará la posibilidad de modificar el trazado entre

el P. K., 13+900 y el P. K. 14+500, aproximándolo

al límite de los términos municipales de Villaescusa

y Piélagos. 3.5 Se mantendrán los contactos

oportunos con la Dirección General de Infraestructura

Ferroviaria para compatibilizar los trazados de la

autopista y del acceso a Santander. Lo que se publica

para general conocimiento, haciendo constar que

la presente resolución pone fin a la vía

administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y, contra la misma se puede

interponer recurso potestativo de reposición, ante

el Ministro del Departamento, o bien directamente

recurso contencioso administrativo ante la

Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos

recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses

a partir del día siguiente al de la publicación de

aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que

quepa formular el recurso contencioso

administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del recurso de

reposición interpuesto.

Santander, 25 de junio de 2003.-El Jefe de la

Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria,

Vicente Revilla Durá.-33.231.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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