Con fecha 14 de abril de 2003, el Secretario de
Estado de Infraestructuras, por delegación
(Resolución delegación de atribuciones de 30 de mayo
de 1996), ha resuelto:
1. Aprobar el Expediente de Información
Pública y definitivamente el subtramo del Proyecto
comprendido entre el p.k. 17+500 y el p.k. 21+200
con las siguientes prescripciones a cumplimentar
en la redacción del Proyecto de Construcción:
1.1 En el Proyecto de Construcción deberá
figurar el cumplimiento de cada uno de los puntos de
la Declaración de Impacto Ambiental y el de la
Resolución de 12 de septiembre de 2002 de la
Secretaría General de Medio Ambiente.
1.2 Se confirmará con el Organismo
responsable de la Comunidad Autónoma de Madrid si existen
afecciones del proyecto a las vías pecuarias y, en
su caso, si éstas se han resuelto de conformidad
con la normativa vigente.
1.3 Se tendrán en cuenta las alegaciones sobre
titularidad de fincas y derechos mineros para
confeccionar la relación definitiva de bienes y derechos
afectados.
1.4 Se obtendrá la conformidad de la
Comunidad Autónoma de Madrid en relación con el
diseño previsto para las estructuras que afecten a
carreteras de su titularidad.
La presente resolución pone fin a la vía
administrativa de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 109 c) de la Ley 30/1992, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en la redacción
dada por la Ley 4/1999, y contra la misma se puede
interponer recurso potestativo de reposición, ante
el Ministro del Departamento en el plazo de un
mes, o bien directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo
de dos meses, a partir del día siguiente al de la
publicación de aquella en el Boletín Oficial del
Estado, sin que quepa formular el recurso
contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación
presunta del recurso de reposición interpuesto.
Madrid, 26 de mayo de 2003.-El Ingeniero Jefe,
José Ramón Paramio Fernández.-27.621.
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