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De acuerdo con lo previsto en el Reglamento
general del servicio público de gases combustibles;
la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos; los artículos 17 de la Ley de
expropiación forzosa y 56 de su Reglamento, se somete
a información pública el proyecto de las
instalaciones de gas natural que se detalla a continuación.
Peticionario: Gas Natural SDG, Sociedad
Anónima, con domicilio social en Barcelona, avenida
Portal de l'Àngel, 20-22.
Objeto: obtener la autorización administrativa,
declaración de utilidad pública y aprobación de la
modificación del proyecto de ejecución de las obras
de las instalaciones correspondientes a la
distribución de gas natural, nueva ERM de Lleida.
La declaración de utilidad pública llevará
implícita, de acuerdo con el artículo 105 de la Ley
34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos, en todo caso, la necesidad de ocupación de
los bienes o de adquisición de los derechos
afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos
del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa
de 16 de diciembre de 1954.
Términos municipales afectados: Lleida y Alpicat.
Debido a la imposibilidad de instalar la estación
de regulación y medida en los terrenos inicialmente
previstos, dado que el Ayuntamiento de Lleida
solicita determinar un emplazamiento alternativo, al
estar esta parcela afectada por el Plan especial del
Tanatorio de Lleida y que se trata de una instalación
de utilidad pública y de interés social, es necesario
trasladar dicha ERM fuera de los terrenos previstos
inicialmente, con el consiguiente aumento de la
longitud de la tubería a instalar, nueva zona de dominio
para implantar la ERM y nuevas afecciones.
Asimismo, se prevé una conexión para el
suministro de gas natural a una escuela existente y a
una industria.
La modificación consiste en una ampliación del
trazado entre los vértices V-105 y V-lll, un nuevo
emplazamiento de la ERM de Lleida, la ampliación
del trazado en MPB desde la ERM hasta conectar
con la red MPB existente, y la conexión a una
escuela y a la industria Horticultura Bellmunt, Sociedad
Anónima.
Características principales de la instalación, serán
las siguientes:
Longitud de la conducción principal de 12
pulgadas: 5.526 metros.
Longitud de la conducción principal de 10
pulgadas: 19 metros.
Longitud de la red en MPB: 104 metros Conexión
a una escuela y a la industria Horticultura Bellmunt,
Sociedad Anónima.
Longitud de la tubería de 3 pulgadas: 13,50
metros.
Longitud de la tubería de 2 pulgadas: 1 metro.
Sistema de protección catódica:
Las canalizaciones de acero del proyecto se
protegerán mediante un sistema de protección catódica
con inyección de corriente procedente de la EPC
que se instalará en el interior de la estación de
regulación y medida.
Sistema de comunicaciones:
De acuerdo con lo previsto en la disposición
adicional 19 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del
sector de hidrocarburos el proyecto prevé el estudio,
a lo largo de la canalización de gas natural y en
la misma zanja, de la instalación del soporte físico
vacío que contendrá el sistema de telecontrol.
Presupuesto total: 1.319.569,75 euros.
Afectaciones derivadas del proyecto:
a) La imposición de servidumbre perpetua de
paso en la franja de 3 metros para presiones
máximas de servicio iguales o inferiores a 16 bar, dentro
de la cual correrá soterrada la canalización o tubería,
junto con los accesorios, elementos auxiliares y la
señalización que convenga, todo ello tanto enterrado
como a la vista.
Los límites de la mencionada franja quedarán 1,5
metros, respectivamente, a cada lado del eje del
trazado del conducto.
Esta franja se utilizará para instalar la
canalización, efectuar su renovación y practicar su vigilancia
y mantenimiento; para ello, se dispondrá en la
mencionada franja del libre acceso del personal y de
los elementos y medios necesarios, con pago de
los daños que se ocasionen en cada caso.
Los límites de esta franja quedarán dentro de
los de la ocupación temporal.
b) La servidumbre de ocupación temporal
durante el período de ejecución de las obras en
una franja o pista de donde se hará desaparecer
toda clase de obstáculo, cuya anchura máxima será
la que se indica en los planos parcelarios, con pago
de los daños que se ocasionen en cada caso.
c) La prohibición de hacer trabajos de labrado,
cava u otros similares a una profundidad superior
a los 50 centímetros en la franja a que hace
referencia el apartado a).
d) La prohibición de plantar árboles o arbustos
de tallo alto y de practicar algún movimiento de
tierras en la franja a que hace referencia el
apartado a).
No se permitirá levantar edificaciones o
construcciones de ningún tipo aunque tengan carácter
provisional o temporal, ni realizar ningún acto que
pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento, la
vigilancia, la conservación, las reparaciones y las
sustituciones necesarias, si se precisan, de la
canalización y de las instalaciones auxiliares a las
distancias inferiores a 1,5, medidas a cada lado del
eje de la canalización instalada.
Todo lo que se ha indicado en los apartados
anteriores no será de aplicación en los bienes de dominio
público.
Ocupación de dominio: ocupación permanente y
perpetua de las parcelas que se señalan en los planos
parcelarios, al vuelo, al suelo y al subsuelo,
necesarios para la construcción de las instalaciones de
recepción, filtración, regulación de presión y medida
del gas y sus elementos anexos, armarios para la
instalación de la protección catódica y la instalación
de los conjuntos de válvulas de línea y derivación,
incluida la construcción del cierre y los cierres de
protección en la totalidad de los perímetros para
la salvaguarda de las instalaciones de elementos
extraños o de intrusos.
Se hace público para conocimiento general y
especialmente de los propietarios y titulares de bienes
y derechos afectados por este proyecto, cuya
relación se incluye en el anexo de este Anuncio, y
también para las personas que son titulares de
derechos reales o de intereses económicos sobre los
bienes afectados, y han sido omitidas, para que
puedan examinar el expediente donde constan las
características técnicas y las afecciones derivadas del
proyecto, en la Delegación Territorial de Industria,
Comercio y Turismo de Lleida, avenida del Segre,
7, y presentar los escritos de alegaciones en el plazo
de veinte días a partir de la publicación de este
Anuncio.
Lleida, 5 de mayo de 2003.-Josep Giné i Badia,
Subdirector General de Industria, Comercio y
Turismo de Lleida.-26.217.
Anexo
Modificaciones a la lista de bienes y derechos
afectados. Abreviaturas utilizadas:
Datos catastrales: TD = titular y domicilio; PO
= polígono; PA= parcela; N = naturaleza.
Afección: OD = ocupación de dominio; OT=
ocupación temporal; SP= servidumbre de paso, en m2;
Tr = trabajo de regadío; Cm = camino; Fr = frutales;
Se = acequia; Ts = trabajo de secano.
Término municipal de Lleida:
Bienes y derechos desafectados: FN = L-LE-254;
TD = Miquel Mola Herrera, calle Jaume II, 15,
25001 Lleida; OD = 517,93; PO = 10; PA = 529;
N = Tr.
FN = L-LE-254; TD = Miquel Mola Herrera, calle
Jaume II, 15, 25001 Lleida; OT = 75,76; SP =
202,84; PO = 10; PA = 529; N = Tr.
Nuevas afecciones: FN = L-LE-260; TD = Andrés
Cornella Grau, partida Balafia, 1, 25196 Lleida;
OD = 569,89; PO = 10; PA = 502; N = Ts.
FN = L-LE-254; TD = La Leridana, Sociedad
Limitada, calle La Cerdanya, 29; 25005 Lleida; OT
= 1,09, 88,01; SP = 2,15, 217,35; PO = 10, PA
= 529; N = Se, Tr.
FN = L-LE-256; TD = La Leridana, Sociedad
Limitada, calle La Cerdanya, 29, 25005 Lleida: OT
= 8,63, 0,91, 97,25; SP = 15,90, 2,61, 243,93; PO
= 10; PA = 505; N = Cm, Se, Tr.
FN = L-LE-260; TD = Andrés Cornella Grau,
partida Balafia, 1, 25196 Lleida; OT = 11,59, 65,21;
SP = 17,28, 100,95; PO = 10; PA = 502; N =
Cm, Ts.
FN = L-LE-260; TD = Andrés Cornella Grau,
partida Balafia, 1, 25196 Lleida; OT = 87,43, 124,96;
SP = 149,64, 45,96; PO = 10; PA = 502; N =
Tr, Ts.
FN = L-LE-245; TD = Manuel Fernández Bovet,
calle Tamarit de Llitera, 22, 25008 Lleida; OT =
36,00; SP = 12,00; PO = 10; PA = 360; N = Fr.
(03.126.112).
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