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Documento BOE-B-2003-130047

INSTITUT METROPOLITÀ DEL TAXI

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 31 de mayo de 2003, páginas 4348 a 4348 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2003-130047

TEXTO

En cumplimiento de la Sentencia del Tribunal

de Defensa de la Competencia de fecha 29 de marzo

de 2000, se hace pública la parte dispositiva de

la misma que dice:

Primero.-Declarar que en el presente expediente

se ha acreditado la realización de una práctica

prohibida por el apartado 1.1 de la Ley 16/1089, de

Defensa de la Competencia, consistente en la firma

del Acuerdo de 27 de junio de 1997 en el que

se establece contingentar, como objetivo óptimo,

el número de licencias que puedan trabajar a doble

turno en un 5% de la totalidad de las licencias

existentes en el sector en cada momento.

Dicha práctica es imputable al Instituto

Metropolitano del Taxi como promotor y firmante del

Acuerdo citado y, como suscriptores del mismo,

al Sindicato del Taxi de Cataluña (STAC), al

Sindicato de Taxistas Autónomos de Barcelona

(STAB), al Gremio Unión de Taxistas (GUT) y

a D. Carlos y D. Joaquín a título personal.

Segundo.-Intimar a los autores de la práctica

declarada prohibida, para que cesen en la realización

de la misma y para que en lo sucesivo se abstengan

de adoptar acuerdos semejantes al anterior.

Tercero.-Imponer las siguientes multas:

Instituto Metropolitano del Taxi (IMET) 2

millones de pesetas.

Gremio Unión de Taxistas (GUT) 400.000

pesetas.

Sindicato del Taxi de Cataluña (STAC) 400.000

pesetas.

Sindicato de Taxistas Autónomos de Barcelona

(STAB) 400.000 pesetas.

Cuarto.-Ordenar la publicación, en el plazo de

dos meses, de la parte dispositiva de esta Resolución

en el Boletín Oficial del Estado y en la sección

de economía de dos diarios de información general

de difusión en Barcelona, a costa de las instituciones

multadas.

Quinto.-La justificación de lo ordenado en esta

Resolución deberá hacerse ante el Servicio de

Defensa de la Competencia.

Barcelona, 23 de mayo de 2003.-El Secretario

Delegado, Jordi Ventayol i Lázaro.-24.811.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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