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El Ilustre Pleno de la Asamblea de la Ciudad
Autónoma de Ceuta, en sesión ordinaria celebrada
el día 31 de marzo de 2003, acordó lo siguiente:
Primero.-Aprobar inicialmente la modificación
del Plan General de Ordenación Urbana, en el
sentido propuesto por los Servicios Técnicos quedando
la redacción del Artículo 5.2.7 de la siguiente forma:
Donde dice: "No se podrá levantar ninguna
construcción en parcela de dimensión inferior a diez
mil (10.000) metros cuadrados", pasará a decir: "No
se podrá levantar ninguna construcción en parcela
de dimensión inferior a cinco mil (5.000) metros
cuadrados".
Donde dice: "Las construcciones se separarán diez
(10) metros de los linderos de la finca", pasará
a decir: "Las construcciones se separarán cinco (5)
metros de los linderos de la finca".
Donde dice: "La edificabilidad no podrá superar
diez (10) metros cuadrados por cada cien (100)
metros cuadrados de parcela", pasará a decir: "La
edificabilidad no podrá superar cincuenta (50)
metros cuadrados por cada cien (100) metros
cuadrados de parcela".
Segundo.-Procede abrir un periodo de
información pública de un mes, que será objeto de
publicación en el Boletín Oficial del Estado, Boletín
Oficial de Ceuta y en uno de los diarios de mayor
circulación de la Provincia.
Ceuta, 11 de marzo de 2002.-La Secretaria
General, M Dolores Pastilla Gómez. Con el Visto Bueno
del Presidente de la Ciudad, Juan Jesús Vivas
Lara.-18.409.
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