Visto el expediente incoado en el Servicio
Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la
Delegación Territorial en Soria de la Junta de Castilla
y León, a instancia de "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", con domicilio en La
Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los
Gaitanes, 177, solicitando la autorización
administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad
pública de la línea arriba citada.
Resultando que la petición de "Red Eléctrica de
España, Sociedad Anónima", ha sido sometida a
información pública, a los efectos previstos en los
artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización
de instalaciones de energía eléctrica, no se ha
presentado ninguna alegación ni oposición a la
autorización y declaración en concreto de utilidad
pública solicitada.
Resultando que de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 131 y 146 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se ha remitido
separata del proyecto al Ayuntamiento de Coscurita,
en cuyo término municipal se pretende realizar la
instalación, solicitando informe y condicionado
procedente, manifestando éste que no existe
inconveniente alguno por su parte en acceder a lo solicitado
en lo que afecta a las instalaciones y bienes
dependientes del Ayuntamiento.
Resultando que la línea de entrada y salida en
la nueva subestación de Almazán afectará
exclusivamente a terrenos de propiedad de "Red Eléctrica
de España, Sociedad Anónima".
Visto el informe emitido por la Comisión
Nacional de Energía aprobado en Consejo de
Administración de fecha 10 de abril de 2003.
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios establecidos en el Título VII del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto:
1. Autorizar a "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", la línea eléctrica aérea "Entrada y
salida en la nueva subestación de Almazán de la
línea a 400 KV La Mudarra-Escatrón", en el término
municipal de Coscurita (Soria), cuyas características
principales son:
Línea de entrada: Tiene su origen en el apoyo
existente número 488 de la línea La
Mudarra-Escatrón y su final en el pórtico de entrada a la nueva
subestación de 400 KV.
Línea de salida: Tiene su origen en el pórtico
de salida de la nueva subestación de 400 KV y
su final en el vano entre los apoyos T-1 y T-2 nuevos,
donde entronca con la línea La Mudarra-Escatrón.
Se desmontará el tramo de línea actualmente
existente entre el apoyo número 488 y el vano T-1
y T-2.
Tensión nominal: 400 KV.
Capacidad térmica de transporte
(verano/invierno): 1245/1539 MVA a 75 grados centígrados.
Número de circuitos: Uno.
Número de conductores por fase: Dos.
Tipo de conductor: Dúplex tipo RAIL AW
de 516,84 milímetros cuadrados de sección.
Cables de tierra: Dos, del tipo 7N7 AWG.
Apoyos: Se instalarán los nuevos apoyos T-1, T-2,
T-3 y T-4 metálicos, constituidos por perfiles de
angulares de alas iguales. El apoyo T-4 se instalará
en la línea de entrada, y los T-1, T-2 y T-3 en
la línea de salida.
Cimentaciones: De hormigón en masa,
independientes para cada pata del apoyo.
Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio.
Puestas a tierra: En todos los apoyos, mediante
anillos cerrados de acero descarburado de forma
que la resistencia de difusión a tierra no supere
los valores establecidos en el Reglamento de Líneas
Aéreas de Alta Tensión.
Longitud total: 369 metros.
La finalidad de la instlaación es la conexión de
la nueva subestaciónde "Almazán" a la Red de
Transporte, así como posibilitar la evacuación de
la energía eólica en la zona.
2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de
la instalación que se autoriza, a los efectos previstos
en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
y en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de
noviembre, del Sector Eléctrico.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el Excelentísimo Señor
Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial
y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo
de un mes, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el
artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración
General del Estado.
Madrid, 22 de abril de 2003.-La Directora
General, Carmen Becerril Martínez.-17.428.
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