En la sesión celebrada por el Consejo de
Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz
de Tenerife, en fecha 17 de diciembre de 2002,
se acordó adjudicar, una vez aceptadas las
condiciones, concesión administrativa a la entidad "Yesos
Canarias, S. A." para la descarga, manipulación y
procesamiento industrial de graneles en la Dársena
Pesquera del Puerto de Santa Cruz de Tenerife,
por un plazo de diez (10) años, prorrogables por
tres períodos de cinco (5) años, hasta un máximo
de veinticinco (25) años, con un canon por
ocupación de superficie de treinta y tres mil trescientos
sesenta y cinco euros con cuarenta y dos
céntimos/año y con estricta sujeción a las demás
condiciones establecidas en el Pliego correspondiente.
Asimismo, abonará un canon anual por el
desarrollo de actividades industriales de once mil ciento
veintiun euros con ochenta y un céntimos/año.
Lo que se comunica a los correspondientes
efectos, significándoles que contra el presente acuerdo,
que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer con carácter potestativo bien recurso de
reposición ante el Consejo de Administración de la
Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en el
plazo de un (1) mes, contado a partir del día
siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el
Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo
prevenido en el artículo 116.1 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso
contencioso administrativo ante la Sala del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos
meses, contados a partir del día siguiente al de la
publicación del presente acuerdo en el Boletín
Oficial del Estado, de conformidad con lo establecido
en el artículo 8.3 en relación con el artículo 10.1.j)
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa.
Interpuesto el recurso de reposición, no podrán
interponer recurso contencioso administrativo hasta
que áquel sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, 20 de febrero de 2003.-El
Presidente, Luis Suárez Trenor.-&15.388.
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