En cumplimiento de lo previsto en el artículo 35.2
del Reglamento de la Ley 46/1984, de 26 de
diciembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, se pone
en su conocimiento que, con fecha 30 de diciembre
de 2001, la Comisión Nacional del Mercado de
Valores ha adoptado las siguientes resoluciones:
Autorizar la sustitución de "Activos en Renta
Fondos, S.G.I.I.C., Sociedad Anónima", por "Renta 4
Gestora, S.G.I.I.C., Sociedad Anónima", como
sociedad gestora del fondo Fondpueyo FIM.
Autorizar la sustitución de "Santander Central
Hispano Investment, Sociedad Anónima", por
"Renta 4 S.V.B., Sociedad Anónima", como entidad
depositaria del fondo "Fondpueyo, Sociedad
Anónima".
Considerar modificación de escasa relevancia la
adaptación de las comisiones máximas de gestión
y depósito a la normativa vigente.
A efectos de lo establecido en la legislación
vigente en materia de Instituciones de Inversión
Colectiva, se comunica el derecho de separación que asiste
a los partícipes del Fondo afectado, ejercitable en
el plazo de treinta días a contar desde la fecha
de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
o en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" de
esta circunstancia, o desde la remisión de la carta
informativa, si ésta fuera posterior, sin deducción
de comisiones de reembolso ni gasto alguno,
reembolso que se efectuará al valor liquidativo del Fondo,
del día de inscripción de las modificaciones
propuestas en la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, de acuerdo con lo establecido en dicha
legislación.
Madrid, 2 de enero de 2002.-Fondpueyo,
FIM.-89.
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