Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Zaragozana de Explotaciones
Industriales, Sociedad Limitada", que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, y en el expediente
RG-4407/99, seguido a su instancia por Impuestos
Especiales, se ha dictado resolución en sesión del
día 9 de octubre de 2001, cuya parte dispositiva
dice lo siguiente:
El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolución de la reclamación
interpuesta por "Zaragozana de Explotaciones
Industriales, Sociedad Limitada", contra el acuerdo de la
Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos
Especiales de Aragón, de fecha 30 de abril de 1999,
recaído en su expediente número 37/Z/IM99,
acuerda desestimar dicha reclamación y confirmar la
resolución impugnada.
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 12 de diciembre de 2001.-Adolfo Carlos
González Armengol.-&63.272.
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