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Documento BOE-B-2002-74119

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Huelva, de 17 de enero de 2002, relativa a aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de la instalación eléctrica que se cita. Expediente 15.075 A. T.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2002, páginas 2489 a 2496 (8 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-B-2002-74119

TEXTO

Visto el expediente referenciado y examinados los

documentos obrantes en el mismo se constatan los

siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 26 de febrero de 2001,

"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad

Anónima", solicitó en esta Delegación Provincial la

aprobación del proyecto de ejecución y declaración en

concreto de utilidad pública, acompañando relación

de propietarios y organismos públicos afectados.

Segundo.-Consta en el expediente Resolución de

autorización administrativa de 23 de enero de 2001.

Tercero.-De acuerdo con el artículo 53 de la

Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico, y del artículo 17 del Decreto de 26 de abril

de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de

la Ley de Expropiación Forzosa, se sometió el

expediente a información pública, insertándose anuncio

en el "Boletín Oficial del Estado" número 187, de

6 de agosto de 2001 ; "Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 82, de 19 de julio de 2001 ;

"Boletín Oficial de la Provincia de Huelva"

número 166, de 19 de julio de 2001, y "Huelva

Información", de 4 de julio de 2001.

COMUNIDAD AUTÓNOMA

DE GALICIA

Asimismo, se remitieron separadas y se recabó

informe a los siguientes organismos afectados:

Ayuntamiento de Huelva.

Ayuntamiento de Gibraleón.

Ayuntamiento de Isla Cristina.

Ayuntamiento de Lepe.

Ayuntamiento de Ayamonte.

Delegación Provincial de Obras Públicas y

Transporte.

Ministerio de Fomento.

Confederación Hidrográfica del Guadiana.

Delegación Provincial de Medio Ambiente.

Telefónica.

Diputación Provincial de Huelva.

Imponiendo condicionados que posteriormente

fueron aceptados por la empresa o bien siendo

aprobados por ausencia de respuesta a la reiteración

de la solicitud de condicionado e informe.

Cuarto.-Durante el período de información

pública se han recibido alegaciones que han sido

debidamente tenidas en cuenta.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Delegación Provincial de la

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de

Huelva es competente para conceder la aprobación del

proyecto de ejecución, declaración en concreto de

utilidad pública y expropiación forzosa de la línea

en cuestión, según lo dispuesto en el Decreto del

Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de

28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías,

y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que

se regula la estructura orgánica de la Consejería

de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Segundo.-La aprobación del proyecto de

ejecución de instalaciones eléctricas está regulado, para

este caso, por el artículo 14 del Decreto 2617/1966.

De conformidad con lo establecido en el

artículo 54 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, la

declaración de utilidad pública llevará implícita en

todo caso la necesidad de ocupación de los bienes

o adquisición de los derechos afectados e implicará

la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52

de la Ley de Expropiación Forzosa.

Vistos los preceptos legales citados y demás de

general aplicación, esta Delegación Provincial de

Empleo y Desarrollo Tecnológico resuelve:

Primero.-Aprobar el proyecto de ejecución de

la línea aérea de alta tensión a 66 kV S/C, desde

subestación Ayamonte a subestación Onuba de

Gibraleón, Isla Cristina, Lepe y Ayamonte.

Segundo.-Declarar en concreto la utilidad pública

de la citada línea, que llevará implícita la necesidad

de ocupación de los bienes o de adquisición de

derecho e implica la urgente ocupación, a los efectos

del artículo 54/1997, del Sector Eléctrico, y del

artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tercero.-Acordar la imposición de servidumbres

y limitaciones de dominio de los bienes que se

relacionan en la relación de propietarios afectados del

anexo a esta Resolución, a los efectos del artículo 56

de la Ley 54/1997.

Contra la presente Resolución, que no pone fin

a la vía administrativa, se podrá interponer recurso

de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de

Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de

un mes, a contar desde el día siguiente al de su

notificación o a partir de la última de las

publicaciones de la presente Resolución, de conformidad

con lo establecido en los artículos 114 y 115 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Huelva, 29 de enero de 2002.-El Delegado

provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico, Manuel

Alfonso Jiménez.-9.435.

ANEXO (ver imágenes páginas 2490 a 2496)

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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