Visto el expediente referenciado y examinados los
documentos obrantes en el mismo se constatan los
siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.-Con fecha 26 de febrero de 2001,
"Compañía Sevillana de Electricidad, Sociedad
Anónima", solicitó en esta Delegación Provincial la
aprobación del proyecto de ejecución y declaración en
concreto de utilidad pública, acompañando relación
de propietarios y organismos públicos afectados.
Segundo.-Consta en el expediente Resolución de
autorización administrativa de 23 de enero de 2001.
Tercero.-De acuerdo con el artículo 53 de la
Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, y del artículo 17 del Decreto de 26 de abril
de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley de Expropiación Forzosa, se sometió el
expediente a información pública, insertándose anuncio
en el "Boletín Oficial del Estado" número 187, de
6 de agosto de 2001 ; "Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 82, de 19 de julio de 2001 ;
"Boletín Oficial de la Provincia de Huelva"
número 166, de 19 de julio de 2001, y "Huelva
Información", de 4 de julio de 2001.
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE GALICIA
Asimismo, se remitieron separadas y se recabó
informe a los siguientes organismos afectados:
Ayuntamiento de Huelva.
Ayuntamiento de Gibraleón.
Ayuntamiento de Isla Cristina.
Ayuntamiento de Lepe.
Ayuntamiento de Ayamonte.
Delegación Provincial de Obras Públicas y
Transporte.
Ministerio de Fomento.
Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Delegación Provincial de Medio Ambiente.
Telefónica.
Diputación Provincial de Huelva.
Imponiendo condicionados que posteriormente
fueron aceptados por la empresa o bien siendo
aprobados por ausencia de respuesta a la reiteración
de la solicitud de condicionado e informe.
Cuarto.-Durante el período de información
pública se han recibido alegaciones que han sido
debidamente tenidas en cuenta.
Fundamentos de Derecho
Primero.-Esta Delegación Provincial de la
Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de
Huelva es competente para conceder la aprobación del
proyecto de ejecución, declaración en concreto de
utilidad pública y expropiación forzosa de la línea
en cuestión, según lo dispuesto en el Decreto del
Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de
28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías,
y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que
se regula la estructura orgánica de la Consejería
de Empleo y Desarrollo Tecnológico.
Segundo.-La aprobación del proyecto de
ejecución de instalaciones eléctricas está regulado, para
este caso, por el artículo 14 del Decreto 2617/1966.
De conformidad con lo establecido en el
artículo 54 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, la
declaración de utilidad pública llevará implícita en
todo caso la necesidad de ocupación de los bienes
o adquisición de los derechos afectados e implicará
la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación, esta Delegación Provincial de
Empleo y Desarrollo Tecnológico resuelve:
Primero.-Aprobar el proyecto de ejecución de
la línea aérea de alta tensión a 66 kV S/C, desde
subestación Ayamonte a subestación Onuba de
Gibraleón, Isla Cristina, Lepe y Ayamonte.
Segundo.-Declarar en concreto la utilidad pública
de la citada línea, que llevará implícita la necesidad
de ocupación de los bienes o de adquisición de
derecho e implica la urgente ocupación, a los efectos
del artículo 54/1997, del Sector Eléctrico, y del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Tercero.-Acordar la imposición de servidumbres
y limitaciones de dominio de los bienes que se
relacionan en la relación de propietarios afectados del
anexo a esta Resolución, a los efectos del artículo 56
de la Ley 54/1997.
Contra la presente Resolución, que no pone fin
a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de
Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de
un mes, a contar desde el día siguiente al de su
notificación o a partir de la última de las
publicaciones de la presente Resolución, de conformidad
con lo establecido en los artículos 114 y 115 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Huelva, 29 de enero de 2002.-El Delegado
provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico, Manuel
Alfonso Jiménez.-9.435.
ANEXO (ver imágenes páginas 2490 a 2496)
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