Por parte de esta Dirección Provincial se ha
dictado resolución para el reintegro de prestaciones
por desempleo indebidamente percibidas, contra los
interesados que a continuación se citan, y por
resultar fallecidos los titulares, quedan notificadas por
este conducto, a los herederos, las resoluciones de
cobro indebido que a continuación se relacionan.
Lo que se notifica por medio de la presente, de
conformidad con lo establecido en el artículo 59
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles
que de conformidad con lo establecido en el número
2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985,
dispone de treinta días para reintegrar dicha cantidad,
que podrán efectuar en la cuenta número 0182 2370
48 0202295477 del Banco Bilbao-Vizcaya
Argentaria, a nombre del Instituto Nacional de Empleo.
También podrán solicitar el pago aplazado o
fraccionamiento de la cantidad requerida, cuya
concesión conllevará el correspondiente devengo de
interés legal del dinero establecido anualmente en
la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Transcurridos los treinta días sin que se haya
producido el reintegro ni se haya compensado la deuda
se emitirá la correspondiente certificación de
descubierto por la que se iniciará la vía de apremio,
según lo dispuesto en el artículo 33.2 del Real
Decreto 625/85.
Si el reintegro o la solicitud de fraccionamiento
o aplazamiento se realizase antes de la apertura
de la mencionada vía de apremio, pero con
posterioridad a la finalización del plazo de treinta días
reglamentarios, la cantidad adeudada se
incrementará en la cuantía correspondiente al 20 por 100
de recargo por mora, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 28 del texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social.
Contra esta Resolución, conforme a lo previsto
en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de
Procedimiento Laboral, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril ("Boletín Oficial
del Estado" número 86, del 11), podrán interponer,
ante esta Dirección Provincial, reclamación previa
a la vía jurisdiccional social dentro del plazo de
treinta días hábiles siguientes a la fecha de
notificación de la presente resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, los expedientes
reseñados estarán de manifiesto por el mencionado
plazo de treinta días en la Dirección Provincial del
INEM.
DNI de Herederos: No consta. Nombre y
apellidos de los herederos: Herederos de José Antonio
Ramos González. DNI del fallecido: 52.181.656.
Expediente: 0100000483. Importe: 869,69 euros.
Importe con recargo: 1.043,63 euros. Período: 4
de enero de 2001 a 14 de febrero de 2001. Motivo:
Defunción.
Cáceres, 27 de febrero de 2002.-María
Concepción Díaz Fernández.-&7.425.
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