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Documento BOE-B-2002-58082

Resolución del Instituto Nacional de Empleo, Dirección Provincial de Cáceres, sobre remisión de resolución de percepción indebida de prestaciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2002, páginas 1820 a 1820 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-B-2002-58082

TEXTO

Por parte de esta Dirección Provincial se ha

dictado resolución para el reintegro de prestaciones

por desempleo indebidamente percibidas, contra los

interesados que a continuación se citan, y por

resultar fallecidos los titulares, quedan notificadas por

este conducto, a los herederos, las resoluciones de

cobro indebido que a continuación se relacionan.

Lo que se notifica por medio de la presente, de

conformidad con lo establecido en el artículo 59

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles

que de conformidad con lo establecido en el número

2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985,

dispone de treinta días para reintegrar dicha cantidad,

que podrán efectuar en la cuenta número 0182 2370

48 0202295477 del Banco Bilbao-Vizcaya

Argentaria, a nombre del Instituto Nacional de Empleo.

También podrán solicitar el pago aplazado o

fraccionamiento de la cantidad requerida, cuya

concesión conllevará el correspondiente devengo de

interés legal del dinero establecido anualmente en

la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Transcurridos los treinta días sin que se haya

producido el reintegro ni se haya compensado la deuda

se emitirá la correspondiente certificación de

descubierto por la que se iniciará la vía de apremio,

según lo dispuesto en el artículo 33.2 del Real

Decreto 625/85.

Si el reintegro o la solicitud de fraccionamiento

o aplazamiento se realizase antes de la apertura

de la mencionada vía de apremio, pero con

posterioridad a la finalización del plazo de treinta días

reglamentarios, la cantidad adeudada se

incrementará en la cuantía correspondiente al 20 por 100

de recargo por mora, de acuerdo con lo establecido

en el artículo 28 del texto refundido de la Ley

General de la Seguridad Social.

Contra esta Resolución, conforme a lo previsto

en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de

Procedimiento Laboral, aprobado por el Real

Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril ("Boletín Oficial

del Estado" número 86, del 11), podrán interponer,

ante esta Dirección Provincial, reclamación previa

a la vía jurisdiccional social dentro del plazo de

treinta días hábiles siguientes a la fecha de

notificación de la presente resolución.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, los expedientes

reseñados estarán de manifiesto por el mencionado

plazo de treinta días en la Dirección Provincial del

INEM.

DNI de Herederos: No consta. Nombre y

apellidos de los herederos: Herederos de José Antonio

Ramos González. DNI del fallecido: 52.181.656.

Expediente: 0100000483. Importe: 869,69 euros.

Importe con recargo: 1.043,63 euros. Período: 4

de enero de 2001 a 14 de febrero de 2001. Motivo:

Defunción.

Cáceres, 27 de febrero de 2002.-María

Concepción Díaz Fernández.-&7.425.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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