Mediante Decreto 68/1994, de 30 de junio, fue
aprobado el Plan de Ordenación de los Recursos
Naturales de la Reserva Natural de El Regajal-Mar
de Ontígola, en el término municipal de Aranjuez,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1989,
de 26 de marzo, de Conservación de los Espacios
Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. El anexo I,
punto 4 del citado Decreto 68/1994 establecía la
posibilidad de revisar periódicamente el Plan, siendo
esta revisión necesaria a los efectos de una mejor
protección de los recursos naturales de la reserva.
Procede ahora dar trámite de audiencia a los
interesados, así como someter la citada revisión a
información pública, por lo que, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 6 de la Ley 4/1989, de 27 de
marzo, de Conservación de los Espacios Naturales
y de la Flora y Fauna Silvestres, y de conformidad
con lo establecido en los artículos 59, 84 y 86 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, a propuesta del
Consejero de Medio Ambiente, el Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid, previa
deliberación en su sesión celebrada el día 17 de enero
de 2002, acuerda:
Primero.-Dar audiencia por un plazo de quince
días a los interesados en el procedimiento de revisión
del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales
de la Reserva Natural de "El Regajal-Mar de
Ontígola".
A los efectos de este Acuerdo, tendrán la
consideración de interesados aquellos a lo que el artículo
31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común atribuye
esta condición.
Segundo.-Someter a información pública,
durante el plazo de un mes, el procedimiento de revisión
del Plan de Ordenación de los recursos naturales
de la Reserva Natural de El Regajal-Mar de Ontígola.
Tercero.-Este Acuerdo se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado" y en el de la Comunidad de
Madrid. Los plazos señalados en los apartados
anteriores se contarán a partir del día siguiente al de
la última publicación del mismo, en cualquiera de
los medios indicados.
Cuarto.-La documentación relativa al
procedimiento de revisión del mencionado Plan de
Ordenación, puede ser examinada en la Consejería de
Medio Ambiente, Servicio de Espacios Naturales
Protegidos, calle Princesa, 3, planta 8.a, 28008
Madrid, y en el Ayuntamiento de Aranjuez.
Los interesados podrán formular por escrito las
alegaciones u observaciones que estimen oportunas,
dirigidas al Consejero de Medio Ambiente, y
presentarlas dentro de los plazos señalados en el
Registro de la citada Consejería de Medio Ambiente o
por cualquiera de los medios previstos al efecto
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 17 de enero de 2002.-El Consejero de
Medio Ambiente, Pedro Calvo Poch.-El Presidente
de la Comunidad, Alberto Ruiz Gallardón.-5.072.
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