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Documento BOE-B-2002-35043

GAS NATURAL CASTILLA Y LEÓN, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 2002, páginas 1048 a 1048 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2002-35043

TEXTO

En el expediente tramitado en el Tribunal de

Defensa de la Competencia con el número 482/00

(1264/95 del Servicio de Defensa de la

Competencia), seguido por denuncia de doña Nieves

Burgos Marcos, en representación de Continental de

Gas y Calefacción contra "Gas Natural de Castilla

y León, Sociedad Anónima", y sus doce empresas

colaboradoras, por prácticas contrarias a la Ley de

Defensa de la Competencia, se ha dictado

Resolución con fecha 5 de enero de 2001, cuya parte

dispositiva dice:

"1. Declarar la existencia de una conducta

contraria al artículo 1 LDC de la que son responsables

"Continental de Gas y Calefacción, Sociedad

Limitada" "Gas Natural de Castilla y León, Sociedad

Anónima" Astur-Leonesa de Gas ; "Diupa, Sociedad

Limitada" ; V.C.G. 3; "Procagas, Sociedad

Limitada" ; "Inagas, Sociedad Limitada"; "Hiper Gas

Mafra, Sociedad Limitada" ; "Cobra, Sociedad

Anónima" ; "Seijo Instalaciones, Sociedad Limitada";

"Lugas, Sociedad Limitada" ; "David Calefacción,

Sociedad Limitada" ; "Clisan, Sociedad Anónima";

"Iber Calefacción, Sociedad Limitada", consistente

en la fijación de precios, con la secuela de reparto

de mercado, para las instalaciones de gas en la

ciudad de León.

2. Declarar la existencia de una conducta

contraria al artículo 6 LDC, de la que es responsable

como autora "Gas Natural de Castilla y León,

Sociedad Anónima", consistente en colaborar en el

reparto geográfico del mercado asignando zonas de la

ciudad a sus empresas colaboradoras. Esa conducta

se realiza en un mercado en el que ostenta posición

de dominio a través de la presencia monopolística

de un mercado conexo.

3. Imponer una multa de 1.000.000 de pesetas

a cada una de las empresas siguientes: "Continental

de Gas y Calefacción, Sociedad Limitada" ; "Gas

Natural de Castilla y León, Sociedad Anónima" ;

Astur-Leonesa de Gas ; "Diupa, Sociedad Limitada";

V.C.G. 3 ; "Procagas, Sociedad Limitada"; "Inagas,

Sociedad Limitada" ; "Hiper Gas Mafra, Sociedad

Limitada" ; "Cobra, Sociedad Anónima"; "Seijo

Instalaciones, Sociedad Limitada" ; "Lugas, Sociedad

Limitada" ; "David Calefacción, Sociedad Limitada";

"Clisan, Sociedad Anónima" ; "Iber Calefacción,

Sociedad Limitada".

4. "Imponer una multa de 15.000.000 de

pesetas a "Gas Natural de Castilla y León, Sociedad

Anónima".

5. Intimar a "Gas Natural de Castilla y León,

Sociedad Anónima", y a las empresas "Continental

de Gas y Calefacción, Sociedad Limitada" ;

Astur-Leonesa de Gas ; "Diupa, Sociedad Limitada";

V.C.G. 3 ; "Procagas, Sociedad Limitada"; "Inagas,

Sociedad Limitada" ; "Hiper Gas Mafra, Sociedad

Limitada" ; "Cobra, Sociedad Anónima"; "Seijo

Instalaciones, Sociedad Limitada" ; "Lugas, Sociedad

Limitada" ; "David Calefacción, Sociedad Limitada";

"Clisan, Sociedad Anónima" ; "Iber Calefacción,

Sociedad Limitada", para que cesen en tales

prácticas.

6. Ordenar a "Gas Natural de Castilla y León,

Sociedad Anónima", la publicación, a su costa y

en el plazo de dos meses, de la parte dispositiva

de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado"

y en las páginas económicas de dos diarios de

información general de difusión nacional. En caso de

incumplimiento se le impondrá una multa coercitiva

de 50.000 pesetas, por cada día de retraso en la

publicación".

Esta resolución no es firme y su recurso está

pendiente ante la Audiencia Nacional.

Madrid, 8 de febrero de 2002.-Manuel García

Cobaleda, Secretario del Consejo de "Gas Natural

Castilla y León, S. A.".-4.464.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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