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Documento BOE-B-2002-280105

Resolución de la Agencia de Protección de Datos sobre el procedimiento sancionador PS/00027/2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2002, páginas 9925 a 9925 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2002-280105

TEXTO

Agencia de Protección de Datos. Anuncio.

Intentada la notificación de la resolución del

procedimiento sancionador PS/00027/2002 a las

entidades "Grupo Deitu, S. A.", con domicilio en Avda.

Marqués de Larios, 4, 29005, Málaga, y "Holiday

Change, S. L.", con domicilio en urbanización

"Puerto Marina", edificio centro de la dársena, local C-1

bajo, Benalmádena, 29630, Málaga, domicilios

designados al efecto por las propias entidades,

procede acudir al medio de notificación previsto en

el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En consecuencia, a continuación se transcribe, y

para que sirva de notificación, extracto de la

resolución del procedimiento sancionador n.o

PS/00027/2002. Director de la agencia de

protección de datos resuelve:

a) Imponer a la entidad "Grupo Deitu, S. A.",

por una infracción del artículo 6.1 de la Ley

Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección

de Datos de Carácter Personal, tipificada como

Grave en el artículo 44.3.d) de dicha norma, una multa

de 60.101,21 euros (sesenta mil ciento un euros

con veintiún céntimos) de conformidad con lo

establecido en el artículo 45.2 de la citada Ley Orgánica,

y por una infracción del artículo 15 de la Ley

Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección

de Datos de Carácter Personal, tipificada como

Grave en el artículo 44.3.e) de dicha norma, una multa

de 60.101,21 euros (sesenta mil ciento un euros

con veintiún céntimos) de conformidad con lo

establecido en el artículo 45.2 de la citada Ley Orgánica.

b) Imponer a la entidad "Holiday Change, S.

L.", por una infracción del artículo 6.1 en relación

con el 3.d) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13

de diciembre, de Protección de Datos de Carácter

Personal, tipificada como Grave en el artículo

44.3.d) de dicha norma, una multa de 60.101,21

euros (sesenta mil ciento un euros con veintiún

céntimos) de conformidad con lo establecido en el

artículo 45.2 de la citada Ley Orgánica.

La sanción impuesta deberá hacerla efectiva en

el plazo de pago voluntario que señala el artículo 20

del Reglamento General de Recaudación aprobado

por Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre,

mediante su ingreso en la cuenta n.o 0300007857

a nombre de la Agencia de Protección de Datos

abierta en la sucursal 0301 del "Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria, S. A.", o en caso contrario, se

procederá a su exacción por vía de apremio. Si recibe

la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes,

ambos inclusive, el plazo para efectuar el pago

voluntario será hasta el día 5 del mes siguiente o inmediato

hábil posterior, y si recibe la notificación entre los

días 16 y último de cada mes, ambos inclusive,

el plazo del pago será hasta el 20 del mes siguiente

o inmediato hábil posterior. Contra esta resolución

podrá interponerse, de conformidad con lo

establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, según la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica,

potestativamente, recurso de reposición ante el Director

de la Agencia de Protección de Datos en el plazo

de un mes a contar desde el día siguiente a la

notificación de esta resolución, o, directamente recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en

el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el

plazo de dos meses a contar desde el día siguiente

a la notificación de este acto, según lo previsto en

el artículo 46.1 del referido texto legal.

El Director de la Agencia de Protección de Datos,

Juan Manuel Fernández López.

Madrid, 12 de noviembre de 2002.-El Secretario

general.-50.037.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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