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Documento BOE-B-2002-275058

SERMEPA

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 16 de noviembre de 2002, páginas 9700 a 9700 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2002-275058

TEXTO

En el expediente tramitado en el Tribunal de

Defensa de la Competencia con el número 515/01

(1955/99 del Servicio de Defensa de la

Competencia), iniciado por denuncias formuladas por el

representante de la sociedad "Paes Ski, Sociedad

Limitada", contra Visa España/Sermepa, Sistema

4B, CECA/sistema 6000, Banco Central Hispano,

Banesto, Banco de Sabadell, Banco Popular, Banco

de Santander, Caja Madrid, La Caixa, Caja

Postal-Argentaria, Banco Atlántico y Banco Bilbao

Vizcaya, por prácticas contrarias a la Ley de Defensa

de la Competencia, se ha dictado Resolución con

fecha 3 de abril cuya parte dispositiva dice:

Primero.-Declarar que Visa España/Sermepa,

Sistema 4B, CECA/Sistema 6000, Banco Central

Hispano, "Banco Español de Crédito, Sociedad

Anónima" (Banesto), Banco de Sabadell, Banco

Popular, Banco de Santander, Caja de Ahorros y

Monte de Piedad de Madrid, Caja de Ahorros y

Pensiones de Barcelona (La Caixa), Caja

Postal-Argentaria, Banco Atlántico y Banco Bilbao Vizcaya

han incurrido en una práctica prohibida por el

artículo 1.1.a) de la Ley de Defensa de la Competencia,

por haber realizado acuerdos sobre las condiciones

de acceso a los medios de conexión necesarios para

operar con las tarjetas de los medios de pago y

de coordinación de las conductas respecto de

establecimientos en los que detecten prácticas que

consideren irregulares.

Segundo.-Imponer a cada una de las sociedades

de medios de pago imputadas, Visa

España/Sermepa, Sistema 4B, CECA/Sistema 6000, una multa

de 600.000 euros, al "Banco Santander Central

Hispano, Sociedad Anónima", 600.000 euros, como

subrogado en las responsabilidades declaradas del

Banco Central Hispano y del Banco de Santander,

al "Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima"

(Banesto), una multa de 300.000 euros; al "Banco

de Sabadell, Sociedad Anónima", una multa de

300.000 euros; al "Banco Popular Español, Sociedad

Anónima", una multa de 300.000 euros; a la Caja

de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid (Caja

Madrid), una multa de 300.000 euros; a la Caja

de Ahorros y Pensiones de Barcelona (La Caixa),

una multa de 300.000 euros; al "Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima" (BBVA),

600.000 euros, como subrogado en las

responsabilidades declaradas del Banco Bilbao Vizcaya y

del Banco Argentaria Caja Postal y al "Banco

Atlántico, Sociedad Anónima", una multa de 300.000

euros.

Tercero.-Intimar a todas las entidades

sancionadas para que se abstengan en lo sucesivo de

realizar las prácticas declaradas.

Cuarto.-Ordenar, en el plazo de dos meses a

contar desde su notificación, a todas las entidades

sancionadas la publicación de la parte dispositiva

de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado"

y en las páginas de economía de dos de los diarios

de información general de entre los cinco de mayor

difusión en el ámbito nacional.

En caso de incumplimiento se impondrá a cada

uno de los sancionados una multa coercitiva de

900 euros por cada día de retraso en la publicación.

Esta Resolución es definitiva en vía

administrativa, pero no es firme pues contra ella cabe

recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional.

Lo que se publica en cumplimiento de la

resolución transcrita, por todas las entidades obligadas

por ella, con expresa reserva del derecho al recurso

que en la misma se concede.

Madrid, 13 de noviembre de 2002.-Sermepa.-La

Directora de Comunicación, Rosa Ovejero

García.-49.991.

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ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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