Está Vd. en

Documento BOE-B-2002-267150

Resoluciones de la Agencia de Protección de Datos sobre las tutelas de Derecho TD/00146/2002, TD/00132/2002 y TD/00130/2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 7 de noviembre de 2002, páginas 9290 a 9290 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2002-267150

TEXTO

Estando acreditado en el procedimiento la

imposibilidad de notificación a "Intrum Justitia Ibérica,

S.A." en su domicilio de la calle Claudio Coello,

19, 1.o de Madrid, procede acudir al medio de

notificación previsto en el artículo 59.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la

Ley 4/1999, de 13 de enero. En consecuencia, a

continuación se transcribe, para que sirva de

notificación, extracto de las resoluciones números:

R/00379/2002, R/00444/2002, R/00413/2002, de

fechas 03/09/02, 05/09/02 y 17/09/02, recaídas en

los procedimientos de tutela de derechos números:

T D / 0 0 1 3 2 / 2 0 0 2 , T D / 0 0 1 3 0 / 2 0 0 2 y

TD/00146/2002, en las cuales, tras la exposición

de hechos y fundamentos jurídicos, se resuelve lo

siguiente:

"El Director de la Agencia de Protección de Datos

resuelve: Primero: Estimar la reclamación de

rectificación formulada por Manuel Ángel Arenal

Linares contra la entidad "Intrum Justitia Iberica,

S. A.". No obstante lo anterior, dado que el

reclamante ha sido informado por la propia entidad

"Intrum Justicia Ibérica, S. A." de que sus datos

personales constan en los ficheros de la entidad "Banco

Santander Central Hispano, S. A.", ante quien debe

ejercitar su derecho de rectificación, contestación

que ha de considerarse ajustada a derecho, habida

cuenta de que la primera actúa como empresa de

recobro de deudas de la segunda y no responde

sobre la finalidad, contenido y usos del fichero del

banco, es por lo que no se estima necesario que

por la entidad "Intrum Justitia Ibérica, S. A." se

emita certificado de rectificación de datos."

"El Director de la Agencia de Protección de Datos

Resuelve: Primero: Estimar la reclamación

formulada por don Manuel Barranco Becerra e instar a

"Intrum Justitia Ibérica, S. A." para que en el plazo

de diez días hábiles remita al reclamante

certificación en la que se haga constar la imposibilidad

de acceder a lo solicitado al no ser el responsable del

fichero o el traslado de su solicitud al responsable

del mismo, pudiendo incurrir en su defecto en una

de las infracciones previstas en el artículo 44 de

la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de

Protección de Datos de Carácter Personal. Las

actuaciones realizadas como consecuencia de la

presente resolución deberán ser comunicadas a esta

Agencia en idéntico plazo de diez días."

"El Director de la Agencia de Protección de Datos

Resuelve primero: Estimar la reclamación formulada

por doña Rosario Banda Baños e instar a "Intrum

Justitia Ibérica, S. A." para que en el plazo de diez

días hábiles conteste la petición de la reclamante

y le remita certificación en la que se haga constar

que en los ficheros de "Intrum Justitia Ibérica, S.

A." no existe ninguna información sobre ella ya

que sus datos obran en los ficheros de

"Retevisión I, S. A.", pudiendo incurrir en su defecto en

una de las infracciones previstas en el artículo 44

de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,

de Protección de Datos de Carácter Personal. Las

actuaciones realizadas como consecuencia de la

presente resolución deberán ser comunicadas a esta

Agencia en idéntico plazo de diez días."

Contra dichas resoluciones que ponen fin a la

vía administrativa (artículo 18.4 de la Ley

Orgánica 15/1999), y de conformidad con lo establecido

en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, según la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica, los

interesados podrán interponer, potestativamente,

recurso de reposición ante el Director de la Agencia

de Protección de Datos en el plazo de un mes a

contar desde el día siguiente a la notificación de

esta resolución, o, directamente recurso contencioso

administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con arreglo

a lo dispuesto en el artículo 25 y en el

apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de

dos meses a contar desde el día siguiente a la

notificación de este acto, según lo previsto en el

artículo 46.1 del referido texto legal.

Madrid, 24 de octubre de 2002.-El Secretario

General.-47.248.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid