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Documento BOE-B-2002-260198

Anuncio de la Delegación de la AEAT de Málaga de la subasta a celebrar el día 28 de enero de 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 30 de octubre de 2002, páginas 9023 a 9024 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2002-260198

TEXTO

El Jefe de la Dependencia Regional, adjunto de

Recaudación de la Delegación Especial de

Andalucía,

Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 146 del Reglamento General de

Recaudación aprobado por el Real Decreto 1648/1990,

de 20 de diciembre, habiéndose dictado acuerdo

con fecha 25 de septiembre de 2002, decretando

la venta de los bienes embargados en el

procedimiento administrativo de apremio frente a

"Ruritania, Sociedad Limitada", con código de

identificación fiscal B23377948, se dispone la venta de

los bienes que se detallarán al final, mediante subasta

que se celebrará el día 28 de enero de 2003, a

las diez horas, en la Delegación de la AEAT de

Málaga, sita en la avenida de Andalucía, 2.

En cumplimiento del artículo 146 del citado

Reglamento, se publica el presente anuncio y se

advierte a las personas que deseen tomar parte en

la subasta, de lo siguiente:

Primero.-Los bienes a subastar están afectos por

las cargas y gravámenes que figuran en la descripción

de los bienes, y que constan en el expediente, las

cuales quedan subsistentes sin que pueda aplicarse

a su extinción el precio del remate.

Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes

si se realiza el pago de la deuda, intereses y costas

del procedimiento.

Tercero.-Los licitadores podrán enviar o

presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio

de subasta hasta una hora antes del comienzo de

ésta, sin perjuicio de que pueden participar

personalmente en la licitación con posturas superiores

a la del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter

de máximas, serán registradas en el Registro General

de la Delegación de la AEAT, y deberán ir

acompañadas de cheque conformado, extendido a favor

del Tesoro Público por el importe del depósito.

Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir ante

la Mesa de Subasta, depósito de garantía, en

metálico o cheque conformado a favor del Tesoro

Público, que será de al menos el 20 por 100 del tipo

de aquélla, depósito que se ingresará en firme en

el Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio

del remate, sin perjuicio de las responsabilidades

en que incurrirán por los mayores perjuicios que

sobre el importe del depósito origine la inefectividad

de la adjudicación.

Quinto.-En caso de que no resulten adjudicados

los bienes en una primera licitación, la Mesa de

subasta podrá realizar una segunda licitación, si lo

juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta

en el 75 por 100 del importe de la primera licitación,

o bien anunciará la iniciación del trámite de

adjudicación directa que se llevará a cabo de acuerdo

con el artículo 150 del Reglamento General de

Recaudación.

Sexto.-El adjudicatario deberá entregar en el acto,

o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia

entre el depósito constituido y el precio de

adjudicación.

Séptimo.-Si quedasen bienes sin adjudicar, se

iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo

máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas

en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la

Mesa de Subastas.

La Mesa de subasta abrirá las ofertas presentadas

al término del plazo del mes desde su inicio,

pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna

de ellas se considera suficiente en ese momento.

En caso contrario, se anunciará la extensión a un

mes para presentación de nuevas ofertas, o mejora

de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de

las ofertas presentadas hasta ese momento, y así

sucesivamente con el límite total de seis meses.

El precio mínimo en adjudicación directa será

el tipo de subasta en primera licitación cuando no

se haya considerado procedente celebrar una

segunda licitación; si hubiera existido segunda licitación

no habrá precio mínimo.

Octavo.-La Agencia Tributaria se reserva el

derecho a pedir la adjudicación para el Estado, del bien

que no hubiera sido objeto de remate, conforme

a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento

General de Recaudación.

Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles

en registros públicos, los licitadores se conformarán

con los títulos de propiedad que hayan aportado

al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos

títulos estarán a disposición de los interesados en las

oficinas de la Dependencia de la AEAT de Málaga,

donde podrán ser examinados todos los días hábiles,

a partir de la publicación del presente anuncio, desde

las nueve a las catorce horas, hasta el día anterior

al de la celebración de la subasta. En caso de no

estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura

de adjudicación es título, mediante el cual puede

efectuarse la inmatriculación en los términos

previstos en el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria

y en los demás casos se tendrán a lo dispuesto

en el título VI de dicha Ley.

Décimo.-Todos los gastos e impuestos derivados

de la tramitación, incluidos los derivados de la

inscripción en el Registro de la Propiedad del

mandamiento de cancelación de cargas no preferentes,

serán por cuenta del adjudicatario.

Respecto al estado de deudas con la comunidad

de propietarios, que pudieran existir, de las viviendas

o locales, el adjudicatario exonera expresamente a

la AEAT, al amparo del artículo 9 de la Ley

49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal,

modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la

obligación de aportar certificación sobre el estado

de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del

mismo los gastos que queden pendientes de pago.

Undécimo.-El procedimiento de apremio

solamente se suspenderá en los términos y condiciones

señalados en los artículos 135 y 136 de la Ley

General Tributaria.

Duodécimo.-Dado que es objeto de subasta una

mitad indivisa de la finca antes descrita, los

copropietarios podrán usar del derecho de retracto legal

que a su favor reconoce el artículo 1.522 del Código

Civil, en los términos que en el mismo se establecen.

En todo lo no previsto en este anuncio se estará

a lo preceptuado en las disposiciones legales que

regulen el acto.

Bienes a subastar

Cincuenta por ciento del pleno dominio a nombre

de "Ruritania, Sociedad Limitada", con código de

identificación fiscal B23377948, de la finca 9.903,

al tomo 1.735, libro 124, folio 33, inscripción

primera, del Registro de la Propiedad de Úbeda (Jaén).

Rústica: Cortijo procedente de Fuenmarina,

término de Rus, que tiene una superficie de 109

hectáreas 54 áreas y 32 centiáreas, de las cuales 23

hectáreas 28 áreas y 23 centiáreas se hallan

destinadas a dehesa, antigua "Dehesa de Velasco". Es

la finca formada por parcelas colindantes que

constituyen una unidad agraria de explotación en la que

existe un enclave propiedad de don Juan Bueno

Navas. Dentro del perímetro de esta finca y, en

la parte oeste de la misma, se encuentra ubicada

la casa cortijo o casería de la finca matriz que linda

por sus cuatro puntos cardinales, con los terrenos

de la finca en la que está enclavada y se compone,

por el lado oeste, de tres cuerpos con cuartos

entresuelos, graneros y almacén con 79 tinajas, cochera

y alambique. Por el lado sur de piso bajo

guardapolvo y un cañón de cantina con 17 tinajas; por

la parte norte, de dos cuerpos con piso bajo, pajar,

dos prensas, rulos, hornillo y dos almacenes, uno

de 12 tinajas y otro de 10. Por el lado este, con

un cobertizo para cuadras, patio en el centro para

aceitunas y otro predio delante de la entrada con

jardín y una pequeña huerta. Todos los cuales ocupa

un perímetro de 1.764 metros 62 centímetros. En

el punto nordeste, tomando como referencia la

referida casa cortijo, se encuentra instalado un

transformador de energía eléctrica, cuya finalidad es el

suministro de la misma, tanto a la casa-cortijo como

a las instalaciones de riego y demás existentes en

la finca objeto de agrupación. En el punto noreste,

tomando siempre como referencia la referida

casa-cortijo, se ubica un pozo de sondeo cuya

finalidad es el abastecimiento de riego a la referida

finca objeto de esta modificación hipotecaria. Los

linderos de la finca objeto de agrupación,

debidamente actualizados, son los que a continuación se

reseñan: Norte, terrenos propiedad de la

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir; sur, doña

Joaquina Mollinero y terrenos pertenecientes a la finca

conocida por Cortijo de las Palomas; este, don

Martín Narváez y señores Díaz Narváez, y oeste, finca

que en su día fue de don Juan Bueno y terrenos

pertenecientes a la Confederación Hidrográfica del

Guadalquivir. Valoración: 966.462,26 euros.

Cargas: Sin cargas.

Valor de la puja: 3.000 euros.

Málaga, 11 de octubre de 2002.-El Jefe de la

Dependencia Regional de Recaudación.-45.960.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Andalucía
Materias:
236 Servicios inmobiliarios,
Observaciones:
Servicios.

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