De conformidad con la disposición transitoria 6.a de
la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, en aplicación del artículo 74 de la Ley de
Costas y del artículo 146.8 del Reglamento para
su aplicación, se hace público para general
conocimiento que el Ayuntamiento de Barcelona ha
solicitado una autorización para el hundimiento y
fondeo de tres áreas de arrecifes artificiales en el ámbito
de la zona II de las aguas del puerto de Barcelona,
con destino a la recuperación del fondo y la
protección y regeneración costera del litoral barcelonés.
El escrito de petición, junto con el resto del
expediente administrativo, se hallan a disposición del
público para su examen en la Autoridad Portuaria
de Barcelona, Servicio de Acceso Unificado (SAU),
sito en la carretera de circunvalación, tramo VI,
edificio ASTA, durante el plazo de veinte días
hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación
de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
El horario de atención al público es de ocho a
diecisiete horas.
Durante este plazo se podrán presentar
observaciones mediante escrito dirigido al señor Director
del Puerto de Barcelona (plaza Portal de la Pau,
número 6).
Barcelona, 25 de octubre de 2002.-El Director,
Josep Oriol Carreras.-46.983.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid