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Documento BOE-B-2002-241149

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Ebro sobre necesidad de la ocupación de fincas afectadas de expropiación forzosa.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2002, páginas 8183 a 8184 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2002-241149

TEXTO

Obra: Canal del Flumen. Gran reparación del

canal del Flumen, segunda fase, tamo II, puntos

kilométricos 20,190 al 41,025, expediente número

1, término municipal Albero Bajo (Huesca).

Examinado el expediente de referencia; una vez

practicada la información pública prevista por los

artículos 18 y siguientes de la vigente Ley de

Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Vistos los documentos que presenta el Perito de

la Administración en el expediente, en los que se

ha tenido en cuenta el resultado de la referida

información pública.

Habida cuenta del informe favorable de la

Asesoría Jurídica del Estado, emitido con fecha 21 de

marzo de 2002; y a propuesta de la Secretaría

General de este organismo; la Presidencia de esta

Confederación, en uso de las atribuciones que le confiere

la vigente legislación, ha resuelto con esta fecha:

Declarar la necesidad de la ocupación de los

bienes a que se refiere el indicado expediente y de

los cuales son propietarios los sujetos y entidades

que se relacionan en los anuncios publicados en

el "Diario del Alto Aragón de Huesca" de fecha

13 de septiembre de 2001, "Boletín Oficial del

Estado" número 226, "Boletín Oficial de la Provincia

de Huesca" número 219, ambos de septiembre

de 2001 y expuestos en el Ayuntamiento de Albero

Bajo (Huesca), según certifica con fecha 14 de

febrero de 2002.

Habiéndose presentado reclamación verbal por

doña Carolina Ibor Monesma, como afectada que

no estaba incluida en el expediente y que, realizadas

las comprobaciones pertinentes, se incluye en el

expediente.

Lo que se hace público para conocimiento de

los interesados, a quienes se entregará, por

mediación de la Alcaldía, una cédula-inventario con la

exacta descripción del bien que se expropia,

advirtiendo que contra la presente resolución, que agota

la vía administrativa, cabe imponer, con carácter

potestativo, recurso de reposición ante este mismo

órgano, en el plazo de un mes, contado a partir

del día siguiente al de la notificación de la presente

resolución, o bien puede optar por la interposición

de un recurso contencioso-administrativo, ante la

Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de

Justicia de la Comunidad Autónoma competente

por razón del territorio, en el plazo de dos meses

desde la fecha de la notificación, todo ello de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y

siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en

la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero, que la modifica, y en los artículos 14, 25

y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en

el artículo 20.2 de la Ley 29/1985, de 2 de agosto,

de Aguas.

Zaragoza, 5 de septiembre de 2002.-El Secretario

general, Carlos de Miguel Domínguez.-&42.862.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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