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Habiéndose detectado importantes diferencias
entre los que parecen ser precios de mercado y
los datos que obraban en esta Administración y
que sirvieron para fijar los precios límite que figuran
en el expediente, lo que de continuar con la
tramitación del mismo originaría una situación
desfavorable para los intereses públicos de la
Administración, resulta obligada la aplicación del
artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en
la redacción dada por la Ley 4/1999, por lo que,
en su virtud, se acuerda:
Revocar la Resolución del Órgano de
Contratación de la Dirección General de Armamento y
Material, anunciada en el "Boletín Oficial del Estado"
número 164, de fecha 10 de julio de 2002, dejándola
sin efecto con todas sus consecuencias.
Madrid, 4 de octubre de 2002.-El Director
general de Armamento y Material del Ministerio de
Defensa, Carlos Villar Turrau.-43.709.
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