El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada, acumulados,
interpuestos por don Baldomero Gómez Serrano y doña
Inés Aguilar Bazaga, contra resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Cataluña
de 3 de diciembre de 1997, recaída en reclamaciones
números 3541/97, y acumulada 3542/97, referente
al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
ejercicios 1991 y 1992, acuerda su desestimación.
Lo que notifico reglamentariamente a usted
advitiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 21 de enero de 2002.-María de Rus
Ramos Puig.-&2.060.
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