Por el presente anuncio, en cumplimiento con
lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999
de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común (en adelante LRJ-PAC), y la Ley
24/2001, de 27 de diciembre, y dado que no han
podido ser notificadas en su último domicilio social
conocido, se notifica a las sociedades que se
rela
cionan en el anexo que, en virtud de lo establecido
en el artículo 20 del Reglamento del procedimiento
para el ejercicio de la potestad sancionadora (en
adelante RPS), aprobado mediante Real
Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ha sido dictada con
fecha de 16 de julio de 2002, y en el curso de
expedientes administrativos sancionadores seguidos
frente a ellas, resolución del Presidente del Instituto
de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
Dado que este acto no se publica en su integridad,
de conformidad con lo previsto en los artículos 60.2
y 61 de la LRJ-PAC, se indica a las sociedades
inculpadas que el texto íntegro de la resolución que
se notifica se encuentra a su disposición, junto al
resto de la documentación del expediente, en la
sede de este Instituto, calle Huertas, número 26,
28014 Madrid.
Dichos expedientes se iniciaron por el Presidente
del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas,
de fecha 15 de abril de 2002, tras remitir la
Dirección General de los Registros y del Notariado a
dicho Instituto, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 371 del Reglamento del Registro Mercantil,
aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de
julio, una relación continente de las sociedades
incumplidoras de la obligación de depósito de
cuentas anuales, en las que figuraban incluidas las
entidades inculpadas que en el anexo se relacionan.
Concluida la fase de instrucción de dichos
expedientes, y teniendo en cuenta lo establecido en los
artículos 218 y 221 del texto refundido de la Ley
de Sociedades Anónimas, aprobado mediante Real
Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre
(en adelante, TRLSA), según redacción posterior
a las reformas operadas por el número 20 de la
disposición adicional segunda de la Ley 2/1995,
de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad
Limitada, y con el añadido introducido por la
disposición adicional tercera de la Ley 7/1996, de 15
de enero, de Ordenación del Comercio Minorista,
y considerando igualmente, de conformidad con lo
establecido en el apartado 2 del artículo 13 del
RPS, el hecho de que las sociedades inculpadas
no han suministrado al órgano instructor la
información solicitada en el acuerdo de incoación, acerca
de sus importes totales de las partidas de activo
y cifra de ventas, ni han formulado alegaciones o
presentado documentos o informaciones que
desvirtúen los hechos que motivaron la incoación de
los correspondientes procedimientos, se resuelve:
Primero.-Considerar que los hechos enjuiciados
respecto de cada una de las sociedades inculpadas
constituyen infracciones de las previstas en el
artículo 221 del mismo TRLSA, al haber quedado
acreditado que dichas sociedades no depositaron
en la debida forma en el Registro Mercantil las
preceptivas cuentas anuales y resto de
documentación correspondiente al ejercicio social de 2000,
y por tanto incumplieron la obligación establecida
en el artículo 218 del TRLSA.
Segundo.-Declarar a cada una de dichas
sociedades responsable directa de la comisión de cada
una de las citadas infracciones.
Tercero.-Imponer, en consecuencia, a cada una
de las sociedades que se relacionan en el anexo,
dando cumplimiento a lo previsto en el
artículo 221.2 del TRLSA, y de acuerdo con sus cifras
de capital social, sanción de multa por los importes
respectivos que en el mismo se detallan.
Contra la resolución notificada, en el plazo de
un mes computado a partir del día siguiente a aquél
en que tenga lugar la presente publicación (o en
su caso, desde el día siguiente al último día en que
tenga lugar la exposición en el tablón de edictos
del Ayuntamiento del domicilio social
correspondiente a cada una de las entidades, si dicha fecha
fuera posterior), se podrá interponer recurso de
alzada ante el Ministerio de Economía de acuerdo con
lo establecido en el artículo 115.1 de la LRJAP.
En caso de interponer recurso de alzada, su
resolución pondrá fin a la vía administrativa. El
transcurso del plazo de tres meses sin que sea notificada
su resolución permitirá al interesado entender
desestimado el recurso por silencio administrativo e
interponer recurso contencioso-administrativo, sin
perjuicio de la obligación de la Administración de
resolver aquél expresamente.
En caso de no interponer recurso de alzada en
el plazo señalado, la resolución será firme a todos
los efectos.
El plazo para el ingreso en período voluntario
de la multa impuesta en la resolución de referencia,
le será notificado por la Delegación Provincial de
Economía y Hacienda de su domicilio social, una
vez la resolución sea firme en vía administrativa.
No obstante, la multa podrá abonarse en cualquier
momento en las cuentas del Tesoro Público de la
Delegación Provincial de Economía y Hacienda de
su domicilio social, debiendo remitir copia del
correspondiente justificante de dicho ingreso a este
Instituto.
Madrid, 19 de septiembre de 2002.-El Secretario
general, Pedro de María Martín.-&42.167.
Anexo
Relación de: Número de expedientes, sociedades
inculpadas, domicilios sociales, cifras de capital
social y multa impuesta para cada sociedad.
2002007233. "Implantación de Sistemas,
Sociedad Anónima". Marqués de Cabaner, 54-56.
08200 Sabadell (Barcelona), 93.156,88 euros.
4.169,00 euros.
2002007242. "Sumi Informática, Sociedad
Anónima". Avenida Barberá, 53. 08203 Sabadell
(Barcelona). 115.538,57 euros. 4.841,00 euros.
2002007251. "Industrias del Estambre, Sociedad
Anónima". Covadonga, 35-39. 08202 Sabadell
(Barcelona). 153.258,09 euros. 5.841,00 euros.
2002007260. "Imhogar 92, Sociedad Anónima".
Jaime I, 6. B, Entlo. Novena. 08206 Sabadell
(Barcelona). 180.303,63 euros. 6.483,00 euros.
2002007323. "Arrel, Sociedad Anónima".
Garcilaso, 3, 1. 2. 08201 Sabadell (Barcelona).
207.168,87 euros. 7.075,00 euros.
2002007332. "Edificaciones Novallar, Sociedad
Anónima". Del Horno, 90. 08208 Sabadell
(Barcelona). 215.991,73 euros. 7.261,00 euros.
2002007341. "Dosperset, Sociedad Limitada".
Calle Fiveller, 106, bajos. 08205 Sabadell
(Barcelona). 254.769,03 euros. 8.036,00 euros.
2002007350. "Piconter, Sociedad Anónima".
Ronda Zamenhof, 15. 08201 Sabadell (Barcelona).
301.708,08 euros. 8.899,00 euros.
2002007369. "Integree España, Sociedad
Anónima". Prat de la Riba, 7, Esc. A, 6.2. 08206 Sabadell
(Barcelona). 330.556,66 euros. 9.397,00 euros.
2002007396. "G de Andreis Metalgraf Española,
Sociedad Anónima". Industria, 89. 08912 Badalona
(Barcelona). 228.084,09 euros. 7.510,00 euros.
2002007413. "Vincle, Sociedad Anónima".
Nápoles, 3, 1. 1. 08914 Badalona (Barcelona). 203.142,09
euros. 6.989,00 euros.
2002007431. "Sucesor de Reptiles, Sociedad
Anónima". Rambla de San Juan, 44. 08914 Badalona
(Barcelona). 210.354,24 euros. 7.143,00 euros.
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