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Documento BOE-B-2002-231065

Anuncio de la Delegación del Gobierno en Cantabria, Área de Industria y Energía, por el que se somete a información pública el proyecto "Variante del trazado del gasoducto Burgos-Cantabria-Asturias, en el término municipal de Reinosa (Cantabria)".

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 2002, páginas 7804 a 7804 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2002-231065

TEXTO

A los efectos previstos en el artículo 67-3 de la

Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de

Hidrocarburos; en el artículo 11 del Reglamento General

del Servicio Público de Gases Combustibles,

aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre,

y en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se somete a información pública

la solicitud de autorización administrativa del

proyecto de instalaciones cuyas características se

detallan a continuación:

Expediente número G. N. 2/02.

Peticionaria: "Enagás, Sociedad Anónima";

domicilio: Paseo de los Olmos, 19, 28005 Madrid.

Objeto de la petición: Modificación del trazado

del gasoducto Burgos-Cantabria-Asturias entre sus

puntos kilométricos 88,96696 y 89,35096, en

término de Reinosa (Cantabria).

Emplazamiento: Término municipal de Reinosa.

Cruce con la futura autovía.

Características de las instalaciones:

Longitud: 364 metros, en conducción subterránea.

Tubería: De acero de 16'' de diámetro, protegida

en pasos especiales por otro tubo de 22'' de diámetro

y base de hormigón, enterrado en todo caso a una

profundidad mínima de 1 metro.

Presupuesto: 171.491 euros.

La servidumbre para la canalización comprende:

A) Imposición de servidumbre permanente de

paso de gas a lo largo del trazado de la conducción

con una anchura de 4 metros, 2 a cada lado del

eje, por donde discurrirá enterrada la tubería o

tuberías que se requieran para la conducción del gas.

Esta servidumbre que se establece estará sujeta a

las siguientes limitaciones al dominio:

1.a Prohibición de efectuar trabajos de arada o

similares a una profundidad superior a 50

centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a

una distancia inferior a 2 metros, a contar del eje

de la tubería.

2.a Prohibición de realizar cualquier tipo de

obras, construcción, edificación o efectuar acto

alguno que pudiera dañar o perturbar el buen

funcionamiento de las instalaciones, a una distancia

inferior a 10 metros del eje del trazado, a uno y otro

lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse

siempre que se solicite expresamente y se cumplan las

condiciones que, en cada caso, fije el órgano

competente de la Administración.

3.a Libre acceso del personal y equipos

necesarios para poder mantener, reparar o renovar las

instalaciones, con pago, en su caso, de los daños

que se ocasionen.

4.a Posibilidad de instalar los hitos de

señalización o delimitación y los tubos de ventilación,

así como de realizar las obras superficiales o

subterráneas que sean necesarias para la ejecución o

funcionamiento de las instalaciones.

B) Ocupación temporal de los terrenos

necesarios para la ejecución de las obras de la franja

que se refleja para cada finca en los planos

parcelarios de expropiación. En esta zona se hará

desaparecer, temporalmente, todo obstáculo, y realizarán

las obras necesarias para el tendido e instalación

de la canalización y elementos anexos, ejecutando

los trabajos u operaciones precisas a dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general

y pueda ser examinado el expediente en esta Área

de Industria y Energía de la Delegación del

Gobierno, sita en la calle Vargas, 53, primera planta, y

puedan formularse las alegaciones, por duplicado,

que se estimen oportunas en el plazo de veinte días

a partir del siguiente al de la publicación de este

anuncio.

Santander, 29 de agosto de 2002.-El Director

del Área, Pedro Hernández Cruz.-41.428.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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