Está Vd. en

Documento BOE-B-2002-223061

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia sobre Resolución de 5 de julio de 2002, del Ministro de Fomento, por la que se aprueba el expediente de información pública y el estudio informativo "Áreas de servicio de la autovía A-52. Tramo: Villavieja-San Ciprián de Viñas".

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 17 de septiembre de 2002, páginas 7545 a 7545 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2002-223061

TEXTO

El expediente de información pública y el estudio

informativo han sido informados por el Técnico

Superior Zonal en fecha 1 de julio de 2002 y con

fecha 3 de julio de 2002 ha sido propuesta su

aprobación por el Subdirector general adjunto de

Conservación y Explotación y por el Director general

de Carreteras en fecha 3 de julio de 2002. Del

contenido de la citada propuesta y de la

documentación que la acompaña se deducen los siguientes

extremos:

El expediente reseñado cumple con lo

preceptuado en los artículos 32, 33, 34, 35 y 60 del

Reglamento General de Carreteras (1812/1994, de 2 de

septiembre).

Que la Resolución de la Secretaría General de

Medio Ambiente, en virtud del artículo 1.2 de la

Ley 6/2001, resuelve que es innecesario someter

el estudio informativo al procedimiento reglado de

impacto ambiental En consecuencia, y en uso de

la competencia establecida en el artículo 32 del

Reglamento General de Carreteras, aprobado por

Real Decreto 1812/1994 de 2 de septiembre, resuelvo:

1. Aprobar el expediente de información pública.

2. Aprobar el expediente de información pública

y definitivamente el estudio informativo eligiendo

como solución la alternativa formada por:

Área de servicio de Taboadela. Área de servicio,

en ambas márgenes, en el punto kilométrico

213+300.

Área de servicio de Ríos. Área de servicio, en

ambas márgenes, en el punto kilométrico 147+800.

Área de servicio de a Mezquita. Área de servicio,

en margen derecha, en el punto kilométrico

118+300.

3. En la ejecución de las obras y en los proyectos

de construcción que desarrollen las áreas se deberá

cumplir con las medidas correctoras previstas en

el estudio de impacto ambiental como exige la

Resolución de la Secretaría General de Medio Ambiente.

Además se realizará un reconocimiento

arqueológico previo y, en caso de detectarse, durante la

prospección o durante la fase de obras, algún resto

arqueológico se realizará un programa de

actuaciones, compatible con el plan de obra, en coordinación

con la Dirección General del Patrimonio Cultural

de la Xunta de Galicia.

Madrid, 5 de julio de 2002.-El Ministro de

Fomento, P. D. (Resolución delegación de

atribuciones de 30 de mayo de 1996), el Secretario de

Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco

Rodríguez.-40.461.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid