Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia,
a instancia de "Iberdrola Distribución Eléctrica,
S.A.U.", con domicilio en Madrid, avenida de
Burgos, número 8, B, solicitando autorización
administrativa para la instalación citada.
Resultando que la petición de "Iberdrola
Distribución Eléctrica, S.A.U.", ha sido sometida a
información pública a los efectos previstos en el
artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, no habiéndose presentado alegaciones
ni oposición alguna a la autorización solicitada.
Resultando que remitido el proyecto de la
subestación al Ayuntamiento de Cartagena para
imposición de condicionados, de acuerdo con los
establecido en los artículos 127 y 131 del citado Real
Decreto 1955/2000, y reiterada la petición, no ha
habido pronunciamiento alguno, por lo que de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 131, se
tendrán por aprobadas las especificaciones técnicas
propuestas por el peticionario.
Resultando que el objeto del proyecto es liberar
en la actual subestación de Escombreras de 400 kV,
280 kV, 132 kV, 66 kV, 20 kV y 11 kV, el terreno
ocupado por los actuales parques de 220 kV, 132 kV,
66 kV, 20 kV y 11 kV, construyendo una nueva
subestación en terrenos propiedad de Iberdrola,
externos al recinto de la central, que sustituirá a
la existente.
Visto el informe favorable emitido por el Área
de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno
en Murcia.
Visto el informe emitido por la Comisión
Nacional de Energía aprobado en Consejo de
Administración celebrado el día 1 de agosto de 2002.
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios establecidos en la Sección 1.a del
capítulo II del título VII del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta Dirección
General de Política Energética y Minas, ha resuelto:
Autorizar a "Iberdrola Distribución Eléctrica,
S.A.U.", la subestación de "Fausita", en el termino
municipal de Cartagena, en la provincia de Murcia,
cuyas características principales son:
Sistema de 220 kV: Estará formado por una
configuración eléctrica en doble barra con acoplamiento
transversal constituido por celdas blindadas bajo
SF6 con las siguentes posiciones:
Dos posiciones de líneas de 220 kV: Línea El
Palmar y línea Hoya Morena.
Una posición de autotransformador de
400/220 kV, 300 MVA.
Una posición de autotransformador futuro de
400/220 kV.
Posición de acomplamiento de barras.
Posición de medida.
Sistema de 132 kV: Formado por una
configuración eléctrica en doble barra con acomplamiento
transversal, constituido por celdas blindadas,
aisladas bajo SF6 con las siguientes posiciones:
Cuatro posiciones de línea a 132 kV (línea
Repsol 1, línea Repsol 2, línea la Asomada 1 y línea
la Asomada 2).
Una posición de autotransformador 132/220/
11 kV, 150 MVA.
Dos posiciones de autotransformador 132/66 kV,
60 MVA.
Una posición de transformador 132/20 kV,
40 MVA.
Una posición de transformador 132/20/11 kV,
40 MVA.
Una posición de acoplamiento de barras.
Una posición de medida.
Sistema de 66 kV: Posiciones:
Cinco posiciones de línea (línea Enagás, línea
Granellas, línea La Unión, línea Río Tinto y línea Asur).
Dos posiciones de transformador 132/66 kV,
60 MVA.
Una posición de enlace de barras.
Una posición de medida.
Todas las posiciones de 220/132/66 kV irán
equipadas con su correspondiente aparamenta.
Sistema de 20 kV: Tendrá una configuración en
simple barra, constituida por las siguientes celdas
de interior:
Cuatro celdas de línea 20 kV.
Una celda de transformador 20/132 kV, 40 MVA.
Una celda de medida.
Una celda de alimentación al transformador de
servicios auxiliares.
Sistema de 11 kV: Configuración eléctrica en
simple barra, con las siguientes celdas de interior:
Cinco celdas de línea a 11 kV.
Una celda de transformador 11/20/132 kV,
40 MVA.
Una celda de medida.
Una celda de alimentación al transformador de
servicios auxiliares.
Instalación de sistemas de control, protecciones
y servicios auxiliares.
Sistemas de puesta a tierra.
Instalaciones de alumbrado.
La finalidad de la construcción de la nueva
subestación es la de sustituir la actual subestación de
Escombreras, cuyo terreno ocupado actualmente
será liberado para alojar a la nueva central de
Escombreras.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Secretario de
Estado de Energía, Desarrollo Industrial y de la
Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/1999,
de modificación de la Ley 30/1992, de 14 de abril,
de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado.
Murcia, 2 de septiembre de 2002.-La Directora
general del Área de Industria y Energía, Delegación
del Gobierno de Murcia, Carmen Becerril
Martínez.-40.827.
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