La Dirección General de Carreteras, con fecha
20 de mayo de 2002, aprueba el proyecto de la
construcción arriba indicado, siendo de aplicación
la disposición tercera de la Ley 29/2001, de 19
de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 20),
y se declara de urgencia la ocupación de los bienes
por la expropiación forzosa a que da lugar la
construcción de la mencionada obra por estar incluida
en el anexo I de la Ley de Reforma del texto
articulado de la Ley de Tráfico, Circulación a Vehículos
a Motor y Seguridad Vial, aprobada por Real
Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. La
tramitación del correspondiente expediente
expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento
de urgencia previsto en el artículo 52 de la Ley
de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de
1954, y concordantes de su Reglamento, de 26 de
abril de 1957. En consecuencia, esta Demarcación,
haciendo uso de las facultades que le otorga el
artículo 98 de la Ley de Expropiación Forzosa, y
atendiendo a lo señalado en las reglas 2.a y 3.a
de su artículo 52, ha resuelto convocar a los
propietarios que figuran en la relación que se hará
pública en el "Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz",
y que se encuentra expuesta en los tablones de
anuncios del Ayuntamiento de Los Barrios, así como
en la Demarcación de Carreteras, para que asistan
al levantamiento de Actas previas a la ocupación
en el Ayuntamiento de Los Barrios, el día y hora
que se indica en la relación.
Además de los medios mencionados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en diarios provinciales y en el
"Boletín Oficial del Estado". Esta última
publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.4
de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, servirá como notificación a los posibles
interesados no identificados, a los titulares de los
bienes y derechos afectados que sean desconocidos
y a aquellos de los que se ignore su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de los bienes y derechos personalmente o
representados por persona debidamente autorizada,
aportando los documentos acreditativos de su titularidad,
y el último recibo del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de
Peritos y Notarios. Es de señalar que esta
publicación se realiza, además de a los efectos de
información pública contempladas en los artículos 17.2,
18 y 19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa para
que en un plazo de quince días (que de acuerdo
con el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación
Forzosa, podrán prorrogarse hasta el momento en
el que se proceda al levantamiento de las citadas
Actas previas a la ocupación), los interesados
podrán formular, por escrito ante esta Demarcación
de Carreteras (avenida de la Palmera, 24-26, 41071
Sevilla) o en la Unidad de Carreteras de Cádiz (calle
Acacias, 3, 11071 Cádiz), alegaciones a los solos
efectos de subsanar posibles errores que se hayan
producido al relacionar los bienes afectados por la
urgente expropiación. Los planos parcelarios y la
relación de los interesados y bienes afectados podrán
ser consultados en las dependencias antes citadas.
Cádiz, 14 de agosto de 2002.-Emilio Miranda
Valdés.-38.754.
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