Se hace saber que la Junta de Dirección del
Consorcio del Besós, en sesión celebrada el día 23 de
julio de 2002, adoptó los siguientes acuerdos:
Primero.-Adjudicar el contrato consistente en la
elaboración del proyecto, ejecución y financiamiento
de la obra de primera implantación y posterior
explotación y mantenimiento de las instalaciones de
generación y distribución de calefacción, agua caliente
sanitaria y refrigeración en el ámbito de actuación
del Consorcio del Besós, a la unión temporal de
empresas integrada por las compañías "Aigües de
Barcelona, Sociedad Anónima", "Axima Sistemas
e Instalaciones, Sociedad Anónima" y "Elyo Gymsa
Ibérica, Sociedad Anónima", con sujeción a la oferta
realizada en el pliego de cláusulas administrativas
particulares, al de prescripciones técnicas y al
proyecto constructivo.
Segundo.-Encargar a "Infraestructures 2004,
Sociedad Anónim" el seguimeinto, dirección y
control de la ejecución de las obras y designarla
beneficiaria del ingreso que corresponde efectuar al
adjudicatario en concepto de precio inicial a satisfacer,
todo emplazado a la unión temporal de empresas
integrada por las compañías "Aigües de Barcelona,
Sociedad Anónima", "Axima Sistemas e
Instalaciones, Sociedad Anónima" y "Elyo Gymsa Ibérica,
Sociedad Anónima" para que haga efectivo el pago
de la referida cantidad a la tesorería de
"Infraestructures 2004, Sociedad Anónima" o, en su caso,
en las dependencias del Ayuntamiento de Barcelona.
Tercero.-Requerir al adjudicatario para que en
el período de quince días naturales, a contar desde
el día siguiente de la notificación del presente
acuerdo, acredite que ha constituido la garantía definitiva,
cifrada en 433.930,74 euros, con la advertencia de
que, si no lo hace así, la contratación podrá quedar
resuelta.
Cuarto.-Citar al adjudicatario para que el día y
la hora que se le indicará y, en todo caso, dentro
de los treinta días siguientes al de la notificación
del acuerdo de adjudicación, acuda a formalizar el
contrato administrativo correspondiente.
Quinto.-Devolver la garantía provisional a los
licitadores, excepto la depositada por la empresa
adjudicataria, que será retenida hasta que se formalice
el contrato.
Sexto.-Facultar al Gerente del Consorcio del
Besós para firmar cualquier documento que sea
necesario para hacer efectivos los acuerdos
precedentes.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Sant Adrià del Besòs, 30 de julio de 2002.-El
Gerente del Consorci del Besòs, Jordi Sisquella i
Cusó.-37.309.
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