Está Vd. en

Documento BOE-B-2002-193062

Anuncio de la Subdirección General de Inspección y Control de la Dirección General de Políticas Sectoriales por el que se notifica la declaración de pérdida de la subvención y archivo de cuatro expedientes de incentivos regionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 2002, páginas 6722 a 6722 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2002-193062

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 59.4 de la Ley de 30/1992, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, se notifica a los

interesados que a continuación se relacionan, titulares

de expedientes de beneficios de incentivos

regionales, la Resolución de la Dirección General de

Políticas Sectoriales, de fecha 22 de mayo de 2002,

por la que se ha resuelto declarar la pérdida de

las subvenciones y archivo de los siguientes

expedientes:

Titular: "Way, Sociedad Limitada". Número de

expediente: MU/813/P02.

Titular: "Fetar, Sociedad Limitada". Número de

expediente: Al/435/P08.

Titular: "Casa Nita, Sociedad Limitada". Número

de expediente: MA/424/P08.

Titular: "Aguas de Sousas, Sociedad Anónima".

Número de expediente: OR/218/P05.

Se reproduce a continuación el texto íntegro de

dicha Resolución, detallándose después los datos

contenidos en el anexo de la misma

correspondientes a dichos expedientes:

"Por Órdenes del Ministerio de Economía y

Hacienda de 4 de noviembre de 1998 y 25 de febrero

de 2000, se concedieron incentivos

correspondientes a los expedientes MU/813/P02, AL/435/P08,

MA/424/P08 y OR/218/P05, que se relacionan en

el anexo de la presente Resolución.

En las correspondientes resoluciones individuales,

que en su día fueron debidamente aceptadas, se

fijaba el plazo de un año para acreditar la

disponibilidad de un nivel de autofinanciación, tal como

aparece definido en las respectivas resoluciones

individuales, así como la realización de, al menos, el

25 por 100 de las inversiones aprobadas.

Transcurrido el plazo señalado no se ha acreditado

el cumplimiento de dichas condiciones, de acuerdo

con la comunicación del órgano competente de la

Comunidad Autónoma.

En la instrucción de los expedientes se han

observado las formalidades legales, habiéndose concedido

a las empresas afectadas los plazos preceptivos para

el cumplimiento de los trámites de formulación de

alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

De las actuaciones realizadas resulta probado que

los titulares de los expedientes anexados no han

acreditado haber cumplido en tiempo y forma las

obligaciones que contrajeron en la aceptación de

las correspondientes resoluciones individuales.

Vistos la Ley 50/1985, de 27 de diciembre; los

artículos 28 y 31 del Real Decreto 1535/1987, de

11 de diciembre, por el que se aprueba el

Reglamento que desarrolla dicha Ley, modificado

parcialmente por los Reales Decretos 897/1991, de

14 de junio; 302/1993, de 26 de febrero; 2315/1993,

de 29 diciembre; el Real Decreto 1371/2000, de

19 de julio; el apartado segundo, punto 5, de la

Orden ministerial de 23 de mayo de 1994, y demás

legislación aplicable al caso, así como los informes

y demás documentación que obran en los

respectivos expedientes,

Esta Dirección General resuelve declarar a los

interesados en los citados expedientes decaídos en

sus derechos, con la consiguiente pérdida de la

subvención concedida y archivo de los expedientes, por

no haber acreditado la disponibilidad de un nivel

de autofinanciación, la realización de, al menos, el

25 por 100 de las inversiones aprobadas o ambas

condiciones, dentro de los plazos señalados según

se refleja en el citado anexo. Debe publicarse la

presente Resolución en el "Boletín Oficial del

Estado", conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de

la Ley 30/1992, todo ello sin perjuicio de efectuar

la notificación de la misma a los interesados.

Contra la presente Resolución los interesados

podrán interponer recurso de alzada ante el

excelentisímo señor Ministro de Economía, en el plazo

de un mes, contado a partir del día siguiente de

la notificación individual.

Madrid, 22 de mayo de 2002.-La Directora

general, Belén Cristino Macho-Quevedo."

Datos del anexo

Expediente: MU/813/P02. Empresa: "Way,

Sociedad Limitada". Condiciones incumplidas de la

resolución individual: Condiciones 2.4 y 2.5.

Expediente: AL/435/P08. Empresa: "Fetar,

Sociedad Limitada". Condiciones incumplidas de la

resolución individual: Condiciones 2.4 y 2.5.

Expediente: MA/424/P08. Empresa: "Casa Nita,

Sociedad Limitada". Condiciones incumplidas de

la resolución individual: Condiciones 2.4 y 2.5.

Expediente: OR/218/P05. Empresa: "Aguas de

Sousas, Sociedad Anónima". Condiciones

incumplidas de la resolución individual: Condiciones 2.4

y 2.5.

Madrid, 26 de julio de 2002.-El Subdirector

general de Inspección y Control, Rafael Cortés

Sánchez.-37.145.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid