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Documento BOE-B-2002-184156

Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente y se somete a información pública el estudio informativo y el estudio de impacto ambiental: EI-1-OR-08 "autovía Verín-Frontera con Portugal, nueva carretera N-532, puntos kilométricos 0 al 14, tramo Verín-Feces de Abajo", Ourense.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 2 de agosto de 2002, páginas 6382 a 6382 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2002-184156

TEXTO

Visto el informe del Servicio de Planificación

sobre el estudio informativo de referencia, y en uso

de las competencias establecidas en el artículo 32

del vigente Reglamento de Carreteras de 2 de

septiembre de 1994, resuelvo:

Primero.-Declarar que el estudio informativo de

referencia cumple con lo previsto en el artículo 7

de la vigente Ley de Carreteras (25/1988, de 29

de julio) para los estudios informativos; y con el

artículo 25 del vigente Reglamento General de

Carreteras (Real Decreto 1812/1994, de 2 de

septiembre).

Segundo.-Aprobar provisionalmente el estudio

informativo de referencia, recomendando como

alternativa más favorable la siguiente:

Alternativa B-2. Autovía de nuevo trazado, de

9,984 kilómetros de longitud y un presupuesto de

ejecución por contrata de 31,64 mm de euros más

2,23 mm de euros de expropiaciones.

Para el enlace con la A-52 son recomendables

las soluciones:

Solución 2. Cinco ejes que suponen 6,218

kilómetros de longitud total y un presupuesto de

ejecución por contrata de 11,05 mm de euros.

Solución 3. Cuatro ejes que suponen 4,885

kilómetros de longitud total y un presupuesto de

ejecución por contrata de 8,37 mm de euros.

Las obras globales suponen una autovía de 9,984

kilómetros de tronco con un enlace con la autovía

A-52, y otros dos enlaces locales, en Mandín y en

Verín, y un área de servicio en Mandín, siendo el

presupuesto de ejecución por contrata total de 42,69

ó 40,01 mm de euros más 4,03 ó 3,8 mm de euros

de expropiaciones.

Tercero.-Someter las ubicaciones previstas para

las áreas de servicio a información pública de

acuerdo con el artículo 60 del Reglamento General de

Carreteras (Real Decreto 1812/94).

Cuarto.-Ordenar que por parte de la

Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia se incoe

el correspondiente expediente de información

pública, y se someta al estudio informativo de referencia,

de acuerdo con los artículos 31 y 34 del Reglamento

de Carreteras al procedimiento de información

pública.

Como resultado de la misma se espera la

confirmación de que las soluciones propuestas no

producen impactos ambientales inadmisibles y detectar

posibles efectos no previstos para plantear medidas

correctoras.

Por este motivo en la publicación en el "Boletín

Oficial del Estado" se hará constar que dicha

información lo es también a los efectos establecidos en

el Real Decreto Legislativo 1302/86, de 28 de junio,

de evaluación de impacto ambiental, modificado por

la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento

de ejecución (Real Decreto 1131/88, de 30 de

septiembre).

Quinto.-Ordenar que se someta el estudio de

referencia en conformidad con el artículo 6 de la vigente

Ley de Carreteras a informe de los departamentos

ministeriales a los que pueda afectar.

Sexto.-Ordenar que, de acuerdo con el artículo

10 de la vigente Ley de Carreteras, se someta el

estudio informativo al preceptivo informe de las

corporaciones locales y comunidades autónomas

afectadas.

Para todo ello se enviarán a esta Subdirección

General de Planificación tres ejemplares del estudio

informativo de referencia.

Madrid, 24 de junio de 2002.-El Director general

de Carreteras, P. D. (Resolución, Delegación de

Atribuciones, de 12 de enero de 1994), la

Subdirectora general de Planificación, María Ángeles

Yáñez Hernández.-35.478.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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