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Documento BOE-B-2002-182134

Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, de 28 de junio de 2002, por la que se autoriza a la empresa "SGS ICS Ibérica, Sociedad Anónima", como organismo de control.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 2002, páginas 6293 a 6293 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-B-2002-182134

TEXTO

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 19 de junio de 2002 la

empresa "SGS ICS Ibérica, Sociedad Anónima",

solicita autorización como Organismo de Control,

para la actuación como Organismo Notificado en

el ámbito del Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo,

por el que se dictan las disposiciones en aplicación

de la Directiva del Parlamento Europeo y del

Consejo, 97/23/CE, relativa a los Equipos a Presión,

y se modifica el Real Decreto 1244/1979, de 4

de abril, que aprobó el Reglamento de Aparatos

a Presión, para las actividades: Módulo D:

Aseguramiento de calidad de la producción, Módulo

D1: Aseguramiento de calidad de la producción,

Módulo E: Aseguramiento de calidad del producto,

Módulo E1: Aseguramiento de calidad del producto;

Módulo H: Aseguramiento de calidad total, Módulo

H1: Pleno aseguramiento de la calidad con control

del diseño y vigilancia especial de la verificación

final.

Segundo.-Se aporta documentación de

declaración de competencia técnica de la Entidad Nacional

de Acreditación de fecha 31 de mayo de 2002,

para las actividades expuestas en el punto primero.

Tercero.-El Reglamento de la Infraestructura de

la Calidad y la Seguridad Industrial, aprobado por

Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre

(Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero de 1996),

establece en su artículo 43 la obligatoriedad de

autorización de actuación de los organismos de control

acreditados, por parte de la Administración

competente en materia de industria del territorio donde

los organismos inicien su actividad o radiquen sus

instalaciones.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Es competente esta Dirección General

de Industria, Energía y Minas, de conformidad con

la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de

Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,

reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de

marzo, y 5/1998, de 7 de julio, el Real Decreto

1860/84, de 18 de julio, de traspaso de Funciones

y Servicios en materia de Industria, Energía y Minas

a la Comunidad de Madrid, y el Decreto 239/2001,

de 11 de octubre, que establece la Estructura

Orgánica de la Consejería de Economía e Innovación

Tecnológica.

Segundo.-En la documentación presentada se

acredita que la empresa cumple con las exigencias

generales establecida en el Real Decreto 2200/1995,

de 28 de diciembre, por el que se aprueba el

Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la

Seguridad Industrial, así como lo dispuesto en el

Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo, sobre

equipos a presión.

Tercero.-En la tramitación del expediente, se han

cumplido todos los requisitos reglamentarios.

Visto los preceptos legales citados y demás de

general aplicación.

Resuelvo:

Primero.-Autorizar a la empresa "SGS ICS

Ibérica, Sociedad Anónima", como Organismo de

Control para la actuación como Organismo Notificado

en el ámbito del Real Decreto 769/1999, de 7 de

mayo, por el que se dictan las disposiciones en

aplicación de la Directiva 97/23/CE, relativa a Equipos

a Presión, y se modifica el Real Decreto 1244/1979,

de 4 de abril, que aprobó el Reglamento de Aparatos

a Presión, para las actividades: Módulo D.

Aseguramiento de calidad de la producción, Módulo

D1: Aseguramiento de calidad de la producción,

Módulo E: Aseguramiento de calidad del producto,

Módulo E1: Aseguramiento de calidad del producto;

Módulo H: Aseguramiento de calidad total, Módulo

H1: Pleno aseguramiento de la calidad con control

del diseño y vigilancia especial de la verificación

final.

La presente autorización de actuación como

Organismo de Control, mantendrá su vigencia, mientras

permanezca en vigor la acreditación de declaración

de competencia técnica, de la Entidad Nacional de

Acreditación de fecha 31 de mayo de 2002, relativa

a la Directiva 97/23/CE de Equipos a Presión,

pudiendo ser suspendida o revocada, además de

en los casos contemplados en la legislación vigente,

cuando lo sea la citada acreditación.

Segundo.-La citada Empresa queda autorizada

para actuar en los ámbitos reglamentarios y con

las limitaciones expresadas, en todo el territorio

nacional, debiendo en todo caso para actuar en

cualquier Comunidad Autónoma, ajustar sus

actuaciones a lo recogido en la Ley de industria 21/1992

de 16 de julio y el Real Decreto 2200/1995, de

28 de diciembre.

Adicionalmente, y para la actuación en los campos

reglamentarios citados dentro del ámbito territorial

de Comunidad de Madrid, esta autorización queda

supeditada al cumplimiento de los requisitos

suplementarios que puedan se establecidos por esta

Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Tercero.-Cualquier variación de las condiciones

o requisitos, que sirvieron de base para la presente

autorización, deberán comunicarse al día siguiente

de producirse a la Dirección General de Industria,

Energía y Minas de la Comunidad de Madrid.

Contra esta Resolución, podrá interponerse

recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del

día siguiente a aquél en que tenga lugar la

notificación, ante el excelentísimo señor Consejero de

Economía e Innovación Tecnológica de la

Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo

114 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 28 de junio de 2002.-El Director general,

Carlos López Jimeno.-&35.385.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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