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Documento BOE-B-2002-182127

Anuncio de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones sobre el proceso de liquidación de la entidad aseguradora Sociedad de Seguros Mutuos Contra Incendios de Casas de Carrión de los Condes (en liquidación).

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 2002, páginas 6292 a 6292 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2002-182127

TEXTO

En el expediente de liquidación tramitado a la

entidad Sociedad de Seguros Mutuos Contra

Incendios de Casas de Carrión de los Condes (en

liquidación) se hace constar lo siguiente:

I. Por Orden ministerial de 4 de abril de 1994

se acordó la revocación de la autorización

administrativa concedida a la citada mutualidad.

Con fecha 5 de mayo de 1995, la comisión

liquidadora de Sociedad de Seguros Mutuos Contra

Incendios de Casas de Carrión de los Condes (en

liquidación), acuerda dar por concluido el proceso

de liquidación, comunicándolo a este centro con

fecha 6 de junio de 1995.

Por su parte, este Centro directivo requirió en

varias ocasiones, la remisión de la documentación

necesaria para poder declarar extinguida la entidad

del Registro administrativo de entidades

aseguradoras.

Como contestación al último requerimiento, de

fecha 2 de julio de 2001, se aportó copia del escrito

remitido por esa mutualidad el 6 de junio de 1995

del que ya tenía conocimiento esta Dirección

General.

II. De acuerdo con lo previsto en el

artículo 27.3 d) de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre,

de Ordenación y Supervisión de los Seguros

Privados, los liquidadores tienen la obligación de

ultimar la liquidación en el plazo más breve posible.

Por su parte, el apartado e) del citado artículo

establece que en el supuesto de que los liquidadores

incumpliesen las normas de protección de los

asegurados, dificultasen la liquidación o esta se

retrasase, el Ministerio de Economía puede encomendar

la liquidación a la Comisión Liquidadora de

Entidades Aseguradoras.

Considerando que en el presente caso concurre

la circunstancia prevista en el citado artículo 27.3 e),

se concede a los liquidadores de la entidad un

plazo de quince días para formular las alegaciones

que se consideren pertinentes, con carácter previo

a la adopción del acuerdo de encomendar la

finalización de las operaciones de liquidación de la

entidad a la citada Comisión.

Madrid, 5 de julio de 2002.-La Directora general

de Seguros y Fondos de Pensiones, María del Pilar

González de Frutos.-35.229.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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