En virtud de lo dispuesto en el artículo 59, punto
4, de la Ley 30/92, sobre Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y de Procedimiento
Administrativo Común, y habiéndose intentado la
notificación, por dos veces, sin que haya podido
practicarse por causas no imputables a la
Administración, por el presente anuncio se notifica lo
siguiente:
Visto el expediente administrativo sancionador en
materia de pesca marítima C28/00, instruido al
patrón del pesquero "Nuevo Marina", don Juan F.
Suárez Pérez, con documento nacional de identidad
número 52.452.446 y domiciliado en la calle
Agustín Fernández Oujo, 15, 5.o A, código postal
15960 Ribeira (A Coruña), y considerando que los
hechos declarados probados: "Irregularidades en el
diario de pesca (en las tachaduras no se ajusta a
los establecido en el Reglamento 2807/83, de 22
de septiembre)", constituyen según el artículo 7.o,
párrafo 1, letra 1, de la Ley 14/1998, de 1 de junio,
una infracción administrativa en materia de pesca
marítima de carácter grave, por lo que el Director
general de Recursos Pesqueros, con fecha 5 de
febrero de 2001, ha resuelto imponerle la sanción de
300,51 euros.
Contra dicha Resolución, que no pone fin a la
vía administrativa, se prodrá interponer recurso de
alzada ante el excelentísimo señor Ministro de
Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con
el artículo 114, en relación con el 107, punto 1,
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Firme la Resolución el importe de la sanción
deberá hacerse efectivo en los plazos que señala el
artículo 20, punto 2, del Reglamento General de
Recaudación de 20 de diciembre de 1990, en la
caja de la Delegación Provincial u oficina de
Hacienda más próxima a su domicilio; de no hacerlo se
le exigirá en vía de apremio, según el artículo 97
del citado Reglamento.
A Coruña, 8 de julio de 2002.-El Director del
Área de Agricultura y Pesca en A Coruña, Rogelio
del Valle Muñoz-Cobo.-35.221.
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