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Documento BOE-B-2002-177078

Anuncio del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre notificación acuerdo de resolución de expedientes sancionadores.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2002, páginas 6095 a 6096 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2002-177078

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento con

lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común (en adelante LRJ-PAC), y la Ley

24/2001, de 27 de diciembre, y dado que no han

podido ser notificadas en su último domicilio social

conocido, se notifica a las sociedades que se

relacionan en el anexo que, en virtud de lo establecido

en el artículo 20 del Reglamento del procedimiento

para el ejercicio de la potestad sancionadora (en

adelante RPS), aprobado mediante Real Decreto

1398/1993, de 4 de agosto, ha sido dictada con

fecha de 11 de junio de 2002, y en el curso de

expedientes administrativos sancionadores seguidos

frente a ellas, resolución del Presidente del Instituto

de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Dado que este acto no se publica en su integridad,

de conformidad con lo previsto en los artículos 60.2

y 61 de la LRJ-PAC, se indica a las sociedades

inculpadas que el texto íntegro de la resolución que

se notifica se encuentra a su disposición, junto al

resto de la documentación del expediente, en la

sede de este Instituto, calle Huertas, número 26,

28014 Madrid.

Dichos expedientes se iniciaron por el Presidente

del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas,

de fecha 25 de marzo de 2002, tras remitir la

Dirección General de los Registros y del Notariado a

dicho Instituto, en virtud de lo dispuesto en el

artículo 371 del Reglamento del Registro Mercantil,

aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio,

una relación continente de las sociedades

incumplidoras de la obligación de depósito de cuentas

anuales, en las que figuraban incluidas las entidades

inculpadas que en el anexo se relacionan.

Concluida la fase de instrucción de dichos

expedientes, y teniendo en cuenta lo establecido en los

artículos 218 y 221 del texto refundido de la Ley

de Sociedades Anónimas, aprobado mediante Real

Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre

(en adelante, TRLSA), según redacción posterior

a las reformas operadas por el número 20 de la

disposición adicional segunda de la Ley 2/1995,

de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad

Limitada, y con el añadido introducido por la

disposición adicional tercera de la Ley 7/1996, de 15

de enero, de Ordenación del Comercio Minorista,

y considerando igualmente, de conformidad con lo

establecido en el apartado 2 del artículo 13 del

RPS, el hecho de que las sociedades inculpadas

no han suministrado al órgano instructor la

información solicitada en el acuerdo de incoación, acerca

de sus importes totales de las partidas de activo

y cifra de ventas, ni han formulado alegaciones o

presentado documentos o informaciones que

desvirtúen los hechos que motivaron la incoación de

los correspondientes procedimientos, se resuelve:

Primero.-Considerar que los hechos enjuiciados

respecto de cada una de las sociedades inculpadas

constituyen infracciones de las previstas en el

artículo 221 del mismo TRLSA, al haber quedado

acreditado que dichas sociedades no depositaron

en la debida forma en el Registro Mercantil las

preceptivas cuentas anuales y resto de

documentación correspondiente al ejercicio social de 1999,

y por tanto incumplieron la obligación establecida

en el artículo 218 del TRLSA.

Segundo.-Declarar a cada una de dichas

sociedades responsable directa de la comisión de cada

una de las citadas infracciones.

Tercero.-Imponer, en consecuencia, a cada una

de las sociedades que se relacionan en el anexo,

dando cumplimiento a lo previsto en el artículo

221.2 del TRLSA, y de acuerdo con sus cifras de

capital social, sanción de multa por los importes

respectivos que en el mismo se detallan.

El ingreso correspondiente a las multas en él

impuestas deberá realizarse en el Tesoro, Caja de

la Delegación Provincial del Ministerio de Hacienda

correspondiente a su domicilio social, en el plazo

establecido en el Reglamento General de

Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/1990,

de 20 de diciembre, en su artículo 20, apartado

2, letras a) y b), según lo dispuesto en el apartado

4, los cuales estipulan que, "a) Las notificadas entre

los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de

notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el

inmediato hábil posterior. b) Las notificadas entre

los días 16 y último de cada mes, desde la fecha

de notificación hasta el día 20 del mes siguiente

o el inmediato hábil posterior.", debiendo remitir

copia del justificante de dicho ingreso a este

Instituto. Como fecha de la notificación de dicha deuda

a que hacen referencia los referidos apartados a)

y b) deberá tomarse aquella en que la resolución

notificada adquiera firmeza en vía administrativa,

a tenor de lo dispuesto en el artículo 138.3 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("La resolución

será ejecutiva cuando ponga fin a la vía

administrativa"). A tales efectos, ha de tenerse en cuenta

que, caso de interponer recurso de alzada, la

resolución será firme cuando aquel sea resuelto expresa

o presuntamente, y caso de no ser interpuesto dicho

recurso, la resolución será firme transcurrido el

plazo de un mes desde la recepción de esta notificación,

en virtud de lo establecido en el artículo 115 de

la Ley 30/1992 (de acuerdo con la redacción dada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Contra la resolución notificada podrá la sociedad

inculpada interponer recurso de alzada ante el

Ministro de Economía, en el plazo de un mes a

partir de la fecha de la presente publicación o desde

el último día de exposición en el tablón de anuncios

del Ayuntamiento del domicilio social

correspondiente a cada una de las sociedades, de acuerdo

con lo establecido en los artículos 114 y 115 de

la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del procedimiento

Administrativo Común (de conformidad con la redacción

dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Madrid, 16 de julio de 2002.-El Secretario

general, Pedro de María Martín.-&34.670.

Anexo

Relación de número de expedientes, sociedades

inculpadas, domicilios sociales, cifras de capital social

y multa impuesta para cada sociedad

2002006801. "Bobadisa, Sociedad Anónima".

Llodio, 9. 28034 Madrid. 7.963.410,38 euros.

52.946,00 euros.

2002006810. "Inmaresa, Sociedad Anónima".

Paseo de la Castellan, 144. 28046 Madrid.

3.756,325,65 euros. 35.817,00 euros.

2002006838. "Cencomes, Sociedad Anónima".

Conde de Peñalver, número 59. 28006 Madrid.

1.202.024,21 euros. 19.503,00 euros.

2002006874. "Mas de la Misa, Sociedad

Anónima". Calle Uruguay, 8, Cuarto. 28016 Madrid.

751.265,13 euros. 15.052,00 euros.

2002006883. "Unibario, Sociedad Anónima".

Felipe IV, 12. 28014 Madrid. 615.436,39 euros.

13.458,00 euros.

2002006892. "Energía Sistemas y Servicios,

Sociedad Anónima". Princesa, 41, Cuarto C. 28008

Madrid. 601.012,1 euros. 13.279,00 euros.

2002006919. "Pipers, Sociedad Anónima",

Avenida Pedro Díez, 21. 28019 Madrid. 450.759,08

euros. 11.266,00 euros.

2002006928. "Compañía de Promociones y

Proyectos Especiales, Sociedad Anónima". Rodríguez

San Pedro, 7. 28015 Madrid. 300.506,05 euros.

8.878,00 euros.

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