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Documento BOE-B-2002-164095

Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente "El estudio informativo del acceso ferroviario a Crinavis, desde el punto kilométrico 2 + 220 de la línea San Roque-Campamento".

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10 de julio de 2002, páginas 5598 a 5598 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2002-164095

TEXTO

1. Antecedentes: De acuerdo con lo que se

establece en el Real Decreto Legislativo 1302/1986,

de 28 de junio, con fecha 22 de marzo de 1999,

el Ministerio de Medio Ambiente declaró, en

relación a las diferentes alternativas del ramal de

conexión con la terminal de Crinavis, estudiadas

por la Autoridad Portuaria de Algeciras, que no

existía la obligatoriedad de someter el trazado a

Procedimiento de Evaluación Ambiental, al no

tratarse de una línea de largo recorrido y por tanto

no estar contemplada en el anexo I del Real Decreto

Legislativo 1302/1986, ni en el anexo II de la

Directiva 97/11/CE.

La Subdirección General de Planes y Proyectos

de Infraestructuras Ferroviarias, aprobó con fecha

30 de marzo de 2001, la Orden de Estudio para

la redacción del Estudio Informativo del acceso

ferroviario a Crinavis, desde el punto kilométrico

2 + 220 de la línea San Roque-Campamento.

Con fecha 11 de octubre de 2001, la Secretaría

de Estado de Infraestructuras aprobó técnicamente

el "Estudio informativo del acceso ferroviario a

Crinavis, desde el punto kilométrico 2 + 220 de la línea

San Roque-Campamento", ordenando que, de

acuerdo con el artículo 228.1 del Reglamento de la Ley

de Ordenación de los Transportes Terrestres y con

el artículo 33 del Reglamento General de Carreteras

(artículo 10.1 de la Ley de Carreteras), se sometiera

el estudio informativo a informe de las Comunidades

Autónomas, Corporaciones Locales y Organismos

interesados.

La información pública se anunció en el "Boletín

Oficial del Estado", de 3 de noviembre de 2001,

realizándose en paralelo el trámite de información

oficial.

El estudio informativo contemplaba tres

alternativas de trazado, compatibles en mayor o menor

medida con las condiciones de contorno, las cuales

se caracterizan por disponer de un tramo común

que aprovecha la plataforma existente (desde el

punto kilométrico 2 + 220, de la actual línea San

Roque-Campamento hasta el inicio del ramal de

acceso al recinto portuario), y un corredor de nuevo

trazado que es el que marca las principales

diferencias entre las diferentes soluciones.

La alternativa seleccionada es la dos, que parte

del punto kilométrico 5 + 870 de la vía férrea

existente. Con el objetivo de alinearse con la avenida

de Granada, el trazado gira hacia el Norte, iniciando

un túnel que se introduce dentro de las instalaciones

de Defensa, y una vez atravesadas éstas discurre

hacia el Sur, caracterizándose por ser coincidente

con la alineación de la avenida de Granada,

manteniéndose soterrado para garantizar la adecuada

permebilidad urbana.

Por último, el ferrocarril accede a Crinavis

describiendo una curva hacia el S-E hasta situarse en

paralelo al límite inferior del área portuaria de

Crinavis. Tras discurrir bajo la calle de las Mimosas,

el trazado aprovecha el desnivel existente entre esta

zona urbana, bajo la que ha discurrido soterrado,

y el área portuaria, cifrado en unos 7 metros, para

salir a la superficie y situarse a la cota de la

explanación portuaria.

Durante el período de información pública, se

recibieron en la Subdirección General de Planes

y Proyectos de Infraestructuras Ferroviarias un total

de 8 alegaciones correspondientes a

Administraciones (Ministerio de Defensa, Dirección General de

Carreteras del Ministerio de Fomento, RENFE,

Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad

de las Aguas del Ministerio de Medio Ambiente

y Ayuntamientos de San Roque y La Línea de la

Concepción), Asociaciones (Plataforma Crinavis) y

particulares ("Tengelmann España, Sociedad

Anónima").

Tanto las alegaciones del Ayuntamiento de San

Roque como la presentada por "Tengelmann

España, Sociedad Anónima", señalan la modificación

realizada en la ordenación de la unidad de actuación

CA-11, que afecta al túnel bajo la avenida de

Granada, con posterioridad a la redacción del estudio

informativo, por lo que se propone una modificación

del trazado ferroviario en este ámbito, de forma

que se minimicen en la medida de lo posible las

afecciones provocadas.

Con fecha 10 de junio de 2002, la Subdirección

General de Planes y Proyectos de Infraestructuras

Ferroviarias ha propuesto a esta Secretaría de Estado

la aprobación del expediente de información pública

y definitiva del estudio informativo.

2. Informe del Servicio Jurídico: El Abogado

del Estado-Jefe informó, con fecha 26 de abril de

2002, que los trámites seguidos en la información

pública y oficial del "Estudio informativo del acceso

ferroviario a Crinavis, desde el punto kilométrico

2 + 220 de la línea San Roque-Campamento" eran

ajustados a derecho y en especial, al artículo 228

del Reglamento de la Ley de Ordenación de los

Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto

1211/1990, de 28 de septiembre.

3. Resolución: A la vista de todo lo expuesto,

esta Secretaría de Estado resuelve lo siguiente:

1) Hacer constar que el expediente reseñado

cumple con lo preceptuado en la sección 1.a,

capítulo 2.o del vigente Reglamento de la Ley de

Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por

el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.

2) Aprobar el expediente de información

pública y definitivamente el estudio informativo,

seleccionando como alternativa a desarrollar en el

proyecto constructivo, la alternativa dos, con las

solicitudes reflejadas en las alegaciones del

Ayuntamiento de San Roque y "Tengelmann España, Sociedad

Anónima".

Madrid, 10 de junio de 2002.-El Secretario de

Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco

Rodríguez.-31.587.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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