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Este Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolución del recurso extraordinario
de revisión, interpuesto por don Marcos Abanco
Mas contra fallo del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Cataluña de 29 de diciembre
de 1999, recaido en la reclamación
número 08/3326/99 sobre providencia de apremio,
acuerda: Declarar su inadmisibilidad.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advitiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 14 de junio de 2002.-El Vocal Jefe de
la Sección Undécima, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-31.211.
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