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Documento BOE-B-2002-157137

NOTARÍA DE DON ANTONIO HUERTA TRÓLEZ

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2002, páginas 5330 a 5331 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2002-157137

TEXTO

Yo, Antonio Huerta Trólez, Notario del ilustre

Colegio de Madrid, con residencia en la misma capital,

Hago saber: Que en mi Notaria se sigue

procedimiento extrajudicial al amparo de los dispuesto

en el artículo 16.2 de la Ley 28/1998, de 13 de

julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles, a

ins

tancia de FCE Bank PLC, Sucursal en España, y,

en virtud de acta de requerimiento autorizada ante

el infrascrito Notario con el número 1998 de su

protocolo, de fecha 16 de julio de 1999, se requiere

de pago a los desconocidos herederos de don Carlos

Díez Rodríguez, en su calidad de Comprador del

contrato de financiación a comprador de

autómoviles número A0157238, de fecha 3 de marzo

de 1997, suscrito con FCE Bank PLC, Sucursal

en España, cuando todavia se denominaba Ford

Credit Europe PLC, Sucursal en España, como

financiador, para la financiación de la adquisición

del vehículo Ford Escort Atlanta, 1.6, i., número

de bastidor VS6AXXWPAATL88524, matrícula

P-0061-J.

El requerimiento de pago se efectúa sobre la suma

total de siete mil novecientas cincuenta y tres con

treinta y cinco euros (7.953,35 euros), de principal,

más tres mil seiscientos seis con siete céntimos de

euros (3.606,07 euros), presupuestados para

intereses y costas, sin perjucio de ulterior liquidación,

siendo la causa del vencimiento de la obligación

el impago de más de dos plazos de los pactados

en el contrato de financiación suscrito, conforme

a lo dispuesto en el artículo 10.2, último párrafo,

de la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos

de Bienes Muebles.

Todo ello haciendo constar que, si el deudor no

pagara los citados importes en el plazo de tres días,

se procederá a la subasta o adjudicación notarial

de los bienes sin necesidad de nuevas notificaciones

ni requerimientos, reservándose FCE Bank PLC,

Sucursal en España, a actuar en la forma prevista

en el segundo y tercer párrafo del apartado c), en

relación al apartado e), del artículo 16.2 de la Ley

28/1998, dejando a disposición del requerido el

excedente que pudiera resultar de la subasta o

adjudicación notarial.

Madrid, 6 de junio de 2002.-Antonio Huerta

Trólez, Notario de Madrid.-31.259.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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