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Documento BOE-B-2002-142114

SANTANDER CENTRAL HISPANO GESTIÓN, S. A., SGIIC

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 2002, páginas 4763 a 4764 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2002-142114

TEXTO

Anuncio de fusión de fondos de inversión

y de sustitución de entidad depositaria

La Comisión Ejecutiva de "Banco Santander

Central Hispano, Sociedad Anónima", entidad

depositaria, y el Consejo de Administración de

"Santander Central Hispano Gestión, Sociedad

Anónima, SGIIC", sociedad gestora, respectivamente,

aprobaron, por unanimidad el acuerdo de fusión

por absorción de BCH Rentas 2 C, FIM (fondo

absorbente) y BCH Rentas 5 B, FIM (fondo

absorbido).

Con fecha 7 de junio de 2002, el Ministerio de

Economía, a propuesta de la CNMV, autorizó el

proyecto de fusión de los citados fondos presentado

por dichas entidades, en el que se recoge la fusión

por absorción de dichos fondos, con disolución sin

liquidación de la entidad absorbida y transmisión

en bloque de todos sus activos y pasivos a la entidad

absorbente, sucediendo ésta a título universal en

todos sus derechos y obligaciones a la absorbida.

Se procede a la sustitución de entidad depositaria

del fondo, pasando de ser "Banco Santander Central

Hispano, Sociedad Anónima", a "Santander Central

Hispano Investment, Sociedad Anónima", con

domicilio en Madrid, plaza de Canalejas, 1, inscrita

en el Registro de Entidades Depositarias con el

número 42; dicha sustitución ha sido autorizada

por la CNMV.

Igualmente, se informa que BCH Rentas 2

C, FIM (fondo absorbente), pasará a denominarse

definitivamente Santander Central Hispano Rentas

Crecientes 1, FIM, (y no Santander Central Hispano

Rentas 3 F, FIM como así figura en el proyecto

de fusión autorizado), modificándose su reglamento

de gestión como consecuencia de su nueva

denominación (artículo 1.o), de la sustitución de la

entidad depositaria (artículo 5.o) y de la adaptación

de las comisiones máximas de gestión y depositario

a la nueva normativa legal (artículo 6.o).

Asimismo, se modifica la comisión de reembolso

del fondo absorbente, para quedar como sigue:

Desde el 3 de agosto de 2002 hasta el 1 de agosto

de 2005, ambos inclusive: 5 por 100. Dicha

comisión no será de aplicación a los reembolsos que

se practiquen como consecuencia de la ejecución

del plan de rentas, ni a los reembolsos que se realicen

durante el período que medie entre la fecha de

finalización de un plan de rentas y la fecha de inicio

del siguiente que, en su caso, se establezca, ambas

fechas inclusive.

Se informa a los partícipes del derecho de

separación que les asiste ejercitable en el plazo de un

mes a contar desde la remisión de la comunicación

de la fusión que, de forma individualizada, se ha

realizado, sin deducción de comisiones de

reembolso ni gasto alguno.

Asimismo, los acreedores de los fondos

participantes en la fusión podrán oponerse a la misma

en el plazo de un mes a contar desde la fecha

de publicación de este anuncio.

El proyecto de fusión se puede consultar en la

CNMV y en el domicilio de la gestora.

Madrid, 10 de junio de 2002.-El Secretario del

Consejo de Administración de "Santander Central

H i s p a n o G e s t i ó n , S o c i e d a d A n ó n i m a ,

SGIIC".-29.532.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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