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De acuerdo con lo establecido en el Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, sobre Expropiación
Forzosa y Sanciones en Materia de Instalaciones
Eléctricas, y en aplicación de lo dispuesto en la
Ley 54/1997, de 28 de noviembre, del Sector
Eléctrico, se somete a información pública la petición
de la declaración en concreto de utilidad pública,
implicando la urgente ocupación a los efectos del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de
la siguiente instalación:
Peticionario: "Compañía Sevillana de
Electricidad, Sociedad Anónima", con domicilio en Sevilla,
avenida de la Borbolla, 5.
Finalidad: Línea aérea-subterránea de media
tensión 15/20 kV, Subestación Nueva Ronda-Industrias
Lácteas Angulo. En término municipal de Ronda.
Características:
806 ml de línea aérea doble circuito 15/20 kV,
conductor Al-ac de 116 milímetros cuadrados y
apoyos metálicos galvanizados.
1.750 ml de canalización subterránea para un
terno de conductor RHV 12/20 kV, de 240 milímetros
cuadrados de sección.
Término municipal afectado: Ronda (Málaga).
Presupuesto: 119.511,58 euros.
Referencia expediente: AT-678/5043.
Objeto: Declaración en concreto de utilidad
pública y declaración del procedimiento de urgente
ocupación de los bienes y derechos afectados. Se adjunta
relación anexa de afectados con descripción de
bienes y derechos.
Lo que se hace público para general conocimiento
y pueda ser examinado el expediente en las oficinas
de la Delegación Provincial de la Consejería de
Empleo y Desarrollo Tecnológico, sita en avenida
de la Aurora, sin número, Edificio Administrativo
de Servicios Múltiples 1.a planta y presentar las
alegaciones que crean oportunas por triplicado en el
plazo de veinte días, contados a partir de la
publicación de este anuncio.
Asimismo, los afectados, dentro del mismo plazo,
podrán aportar los datos oportunos a los solos
efectos de rectificar posibles errores en la relación
indicada, de acuerdo con el artículo 56 del reglamento
de la Ley de Expropiación Forzosa, así como
formular las alegaciones procedentes.
Los afectados podrán recabar, a través de esta
Delegación Provincial, que el peticionario les facilite
los datos que estimen precisos para la identificación
de los bienes.
Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor
de lo establecido en los artículos 52 y siguientes
de la Ley 54/1997, de 28 de noviembre, del Sector
Eléctrico:
a) Para los apoyos, expropiación del pleno
dominio.
b) Para el vuelo de la línea, constitución de
servidumbre forzosa de paso de energía eléctrica, con
la prohibición de construir o realizar edificaciones
o plantaciones de cualquier tipo, excediendo las
distancias mínimas reglamentarias.
c) Derecho de acceso o de paso a la finca para
realizar reparaciones mantenimiento, etc.
d) Ocupación temporal de la parcela durante
el tiempo de ejecución de las instalaciones.
Málaga, 1 de abril de 2002.-La Delegada
provincial, Isabel Muñoz Durán.-27.875.
Relación de bienes y derechos afectados por la instalación de la línea eléctrica aérea a 20 kV. D/C, Subestación Nueva Ronda-C.T. Lácteas Angulo
en Ronda (Málaga)
Datos de la finca Afección
Vuelo
(m) Apoyos
Número
parcela
según
proyecto
Propietario y dirección Término
municipal Paraje
Parcela
número
según
catastro
Políg. n.o
Long. Ancho N.o Sup.
(m2)
Ocup.
tempor.
(m2)
Cultivo
1 Juan Gil Vega. Calle Setenil, 18, 29400 Ronda (Málaga). Ronda. La Toma. 225 1 73 3,5 1 4 250 Cereal.
2 Adolfo Castro Vázquez. Ctra. Campillos, punto
kilométrico 3, 29400 Ronda (Málaga).
Ronda. La Toma. 215 1 458 3,5 3 3,7 500 Cereal.
3 Aurora Guzmán Guzmán. Calle Pozo, 19, 2.o A, 29400
Ronda (Málaga).
Ronda. La Toma. 226 1 458 3,5 3 3,7 500 Cereal.
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