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Documento BOE-B-2002-128106

NOTARÍA DE DON ANTONIO HUERTA TRÓLEZ

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 29 de mayo de 2002, páginas 4273 a 4273 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2002-128106

TEXTO

Yo, Antonio Huerta Trólez, Notario del ilustre

Colegio de Madrid, con residencia en la misma capital,

Hago saber: Que en mi Notaría se sigue

procedimiento extrajudicial al amparo de lo dispuesto

en el artículo 16.2 de la Ley 28/1998, de 13 de

julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles, a

instancia de FCE Bank PLC, sucursal en España, y

en virtud de acta de requerimiento autorizada ante

el infrascrito Notario, mediante acta otorgada con

el número 498 de su protocolo, de fecha 19 de

febrero de 2002, se requiere de pago a los

desconocidos herederos de don Rufino Granda Alonso,

en su calidad de comprador del contrato de

financiación a comprador de automóviles número

124135, de fecha 8 de mayo de 2001, suscrito con

FCE Bank PLC, sucursal en España, como

financiador, para la financiación de la adquisición del

vehículo "Ford Fiesta" 1.8 diesel, número de

bast id o r WF O B X XB A JYC 7 6 2 3 7 , m at r íc ul a

O-9463-CJ. El requerimiento de pago se efectúa

sobre la suma total de siete mil cuatrocientos setenta

y cuatro euros con cinco céntimos (7.474,05) de

principal, más mil cien (1.100) euros,

presupuestados para intereses y costas, sin perjuicio de ulterior

liquidación, siendo la causa del vencimiento de la

obligación el impago de más de dos plazos de los

pactados en el contrato de financiación suscrito,

conforme a lo dispuesto en el artículo 10.2, último

párrafo de la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta

a Plazos de Bienes Muebles.

Todo ello haciendo constar que, si el deudor no

pagara los citados importes en el plazo de tres días,

se procederá a la subasta o adjudicación notarial

de los bienes sin necesidad de nuevas notificaciones

ni requerimientos, reservándose FCE Bank PLC,

sucursal en España, a actuar en la forma prevista

en el segundo y tercer párrafos del apartado c),

en relación al apartado e) del artículo 16.2 de la

Ley 28/1998, dejando a disposición del requerido,

el excedente que pudiera resultar de la subasta o

adjudicación notarial.

Madrid, 25 de abril de 2002.-Antonio Huerta

Trólez, Notario de Madrid.-22.039.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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