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Documento BOE-B-2002-118054

Anuncio de determinación definitiva por "Modificación de la línea límite de edificación en la Autopista A-9 del Atlántico. Tramo: Pontevedra Norte-Pontevedra Sur, entre los puntos kilómetricos 129,583 y 129,703, margen derecha, términos de Poio y Pontevedra".

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 17 de mayo de 2002, páginas 3941 a 3942 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2002-118054

TEXTO

El Secretario de Estado de Infraestructuras por

delegación del Ministro de Fomento con fecha 25

de abril de 2002 ha resuelto: Fijar definitivamente

la distancia de la línea límite de edificación en la

margen derecha de la Autopista A-9 del Atlántico,

entre los puntos kilométricos 129,583 y 129,703

a la distancia de doce (12) metros de la arista exterior

de la calzada, garantizándose, en todo caso, una

distancia mínima de diez (10) metros a la arista

exterior de la explanación, conforme a los artículos

25.2 de la Ley 25/1988, de Carreteras, y 85.2 del

Reglamento General de Carreteras (Real Decreto

1812/1994, de 2 de septiembre, "Boletín Oficial

del Estado" del 23).

La presente resolución del Director general de

Carreteras no agota la vía administrativa, por lo

que de conformidad con lo establecido en los

artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, modificada por la Ley 4/1999, contra la

misma podrá interponerse recurso de alzada ante

el señor Ministro del Departamento, en el plazo

de un mes, a contar desde el día siguiente a su

notificación, sin perjuicio del recurso extraordinario

de revisión en los casos previstos en el artículo 118

de la Ley 30/1992, modificada por Ley 4/1999 y

dentro de los plazos que según el motivo de

impugnación que corresponda, se establecen en el citado

artículo. La resolución puede asimismo recurrirse

ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en

el plazo de dos meses, igualmente contados desde

el día siguiente al de su notificación.

Lo que se comunica para su conocimiento y

efectos y para que se notifique a los interesados que

hubieran formulado observaciones en el trámite de

información pública y se remita al "Boletín Oficial

del Estado" para su publicación.

A Coruña, 7 de mayo de 2002.-José Manuel

Piris Ruesga.-&18.771.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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