La Dirección General de Carreteras, con fecha
26 de noviembre de 2001, aprueba el proyecto de
construcción arriba indicado, siendo de aplicación
la disposición adicional tercera de la Ley 19/2001,
de 19 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"
del 20), a cuyo tenor se declara de urgencia la
ocupación de los bienes por la expropiación forzosa
a que dé lugar la construcción de la mencionada
obra. Con fecha 17 de enero de 2002, se ordena
el inicio del correspondiente expediente de
expropiación. La tramitación de éste se ha de ajustar,
por tanto, al procedimiento de urgencia previsto
en los artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y
concordantes de su Reglamento, de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el artículo 98 de
la LEF, y atendiendo a lo señalado en las reglas
2.a y 3.a de su artículo 52, ha resuelto convocar
a los propietarios que figuran en la relación que
al final se incluye, que se hará pública en el "Boletín
Oficial de la Provincia de Córdoba", y que se
encuentra expuesta en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Montilla, así como en el de esta
Demarcación de Carreteras y en la Unidad de Carreteras
de Córdoba, para que asistan al levantamiento de
las actas previas a la ocupación en el Ayuntamiento
de Montilla, en el día y hora que se indican en
dicha relación.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en diarios provinciales y en el
"Boletín Oficial del Estado". Esta última
publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.4
de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, servirá como notificación a los posibles
interesados no identificados, a los titulares de bienes
y derechos afectados que sean desconocidos y a
aquellos de los que se ignore su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian,
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad (original y fotocopia de las
escrituras), y el último recibo del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, a su costa,
de peritos y Notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además, a los efectos de información pública
contemplados en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la LEF,
para que, en el plazo de quince días (que conforme
establece el artículo 56.2 del Reglamento de
Expropiación Forzosa, podrá prorrogarse hasta el
momento en que se proceda la levantamiento de las citadas
actas previas a la ocupación) los interesados puedan
formular, por escrito, ante esta Demarcación de
Carreteras, avenida de la Palmera, 24-26, 41012
Sevilla, o en la Unidad de Carreteras de Córdoba,
avenida de los Mozárabes, 1, 14071 Córdoba,
alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles
errores que se hayan producido al relacionar los
bienes afectados por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Sevilla, 22 de abril de 2002.-Manuel Ríos
Pérez.-18.286.
ANEXO (ver imágenes páginas 3937 a 3939)
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