Primero.-El organismo "Lloyd's Register España,
Sociedad Anónima", fue autorizado por esta
Dirección General de Industria y Energía el 24 de abril
de 2000 como Organismo Notificado para la
Evaluación de la conformidad de equipos a presión
en los siguientes procedimientos:
Módulo A1: Control interno de fabricación con
vigilancia de la verificación final.
Módulo B: Examen CE de tipo.
Módulo B1: Examen Ce de diseño.
Módulo C1: Conformidad con el tipo.
Módulo F: Verificación de los productos.
Módulo G: Verificación CE por unidad.
Segundo.-Con fecha 4 de mayo de 2000 presentó
dicho organismo documentación donde se
justificaba que en la acreditación otorgada por
ENA 01/OC/002/97-23/00 se había producido un
error por omisión en los tipos de certificación,
aportando al efecto anexo técnico revisado 1 de fecha
de 18 de febrero de 2000, donde figuraban:
Aprobación Europea de Materiales.
Evaluación Específica de Materiales.
Aprobación de procedimientos y personal que
realiza uniones permanentes.
Tercero.-Con fecha 3 de octubre de 2001 solicita
dicho organismo la baja en el Registro de Industria
en los campos de "Alta Tensión" y "Contenedores".
Fundamentos de derecho:
Visto el Real Decreto 2200/1995, de 28 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la
Infraestructura para la Calidad y la Seguridad
Industrial;
Visto el Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo,
por el que se dictan las disposiciones de aplicación
de la Directiva del Parlamento Europeo y del
Consejo 97/23/CE, relativa a los equipos de presión,
y se modifica el Real Decreto 1244/1979, de 4
de abril, que aprobó el Reglamento de aparatos a
presión y, en concreto, su artículo 12, por el que
se regulan las condiciones a tener en cuenta para
actuar como organismo notificado español;
Vista la documentación aportada con fechas 24
de abril, 4 de mayo de 2000 y 3 de octubre
de 2001 por "Lloyd's Register España, Sociedad
Anónima", acreditada para la evaluación de la
conformidad por la Empresa Nacional de Acreditación
(ENAC).
En virtud de lo establecido en el artículo 39 del
Decreto 116/2001, de 14 de mayo, por el que se
aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería
de Presidencia e Innovación Tecnológica, atribuye
a la Dirección General de Industria y Energía
funciones de resolución en materia de industria, energía
y minas;
Resultando que el Decreto 143/2001, de 9 de
julio, por el que se modifica la relación de puestos
de trabajo de la Consejería de Presidencia e
Innovación Tecnológica crea, dentro de la estructura de
la Dirección General de Industria y Energía, la figura
del Jefe de Área de Industria;
Vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; el
Decreto 116/2001, de 14 de mayo, por el que se aprueba
el Reglamento Orgánico de la Consejería de
Presidencia e Innovación Tecnológica, y el
Decreto 143/2001, de 9 de julio, por el que se modifica
relación de puestos de trabajo de la Consejería de
la Presidencia e Innovación Tecnológica;
Resultando que el artículo 16.1 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero, establece que los
titulares de los órganos administrativos podrán, en
materia de su propia competencia, delegar la firma
de sus resoluciones y actos administrativos a los
titulares de los órganos administrativos o unidades
administrativas, que de ellos dependan.
Propuesta de resolución:
Por todo ello, el que suscribe propone se proceda
a autorizar a "Lloyd's Register España, Sociedad
Anónima" CIF: A-28591287, domiciliada en la calle
Princesa, número 29, primero, 28008 Madrid, para
actuar como Organismo para la Evaluación de la
Conformidad de Productos de acuerdo con el Real
Decreto 796/1999, por el que se dictan las
disposiciones de aplicación de la Directiva 97/23/CE
sobre equipos a presión, en los siguientes módulos:
Módulo A: Control interno de fabricación con
vigilancia de la verificación final.
Módulo B: Examen CE de tipo.
Módulo B1: Examen CE de diseño.
Módulo C1: Conformidad con el tipo.
Módulo F: Verificación de los productos.
Módulo G: Verificación CE por unidad.
Aprobación europea de materiales.
Evaluación específica de materiales.
Aprobación de procedimientos y personal que
realiza uniones permanentes.
Módulo D: Aseguramiento de calidad de la
producción.
Módulo D1: Aseguramiento de calidad de la
producción.
Módulo E: Aseguramiento de calidad del
producto.
Módulo E1: Aseguramiento de calidad del
producto.
Módulo H: Aseguramiento de calidad total.
Módulo H1: Pleno aseguramiento de la calidad
con control del diseño y vigilancia especial de la
verificación.
Esta autorización tendrá validez hasta el 18 de
febrero de 2004.
Resolución: Vista la propuesta anterior, esta
Dirección General de Industria y Energía la hace suya
y eleva a Resolución, debiendo cumplirse en las
condiciones indicadas.
Contra la presente Resolución, que no agota la
vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada
ante el ilustrísimo señor Viceconsejero de Desarrollo
Industrial e Innovación Tecnológica en el plazo de
una mes a partir del día siguiente a la notificación
de la presente Resolución, sin perjuicio de cualquier
otro recurso que pudiera interponerse, conforme lo
establecido en los artículos 114 y siguientes de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, y las acciones legales
que se estimen procedentes.
Santa Cruz de Tenerife, 21 de noviembre
de 2001.-El Director general de Industria y
Energía, P. D. (Resolución del Director General de
Industria y Energía de 21 de noviembre de 2001), el
Jefe de Área de Industria, Antonio López
Gulías.-&62.619.
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