Para su general conocimiento y de los partícipes
en particular, según lo establecido en el
artículo 35.2 del Real Decreto 1393/1990, de 2 de
noviembre, se informa a todos los efectos legales oportunos,
que se ha autorizado por los organismos
competentes la transformación del fondo en un fondo de
fondos (FIMF), con la consiguiente modificación
del reglamento de gestión del fondo, artículos 1,
6, 13, 15 y 19, al objeto de:
a) Modificar la denominación del fondo, que
será la de "Gaesco Fondo de Fondos, FIMF".
b) Adaptar las comisiones máximas de gestión
y de depositario a la normativa vigente.
c) Acogerse al régimen de fondo de inversión
mobiliaria de fondos.
d) Suprimir en la comisión a percibir por el
depositario, el límite del 4 por 1.000 anual del valor
nominal del patrimonio custodiado.
e) Establecer un porcentaje anual máximo que,
directa o indirectamente, pueda soportar el fondo
por comisiones de gestión y de depositaria, más
gastos asimilables en ambos casos, que serán
respectivamente, del 3 por 100 y 0,50 por 100 sobre
el patrimonio del fondo.
f) Fijar la no percepción de comisiones de
gestión sobre la parte del patrimonio del FIMF que
se invierta en IIC pertenecientes al mismo grupo
de la IIC inversora, o de su sociedad gestora o
estén gestionadas por entidades en las que concurra
dicha circunstancia, así como la de no percepción
de comisiones de suscripción y de reembolso cuando
se trate de participaciones o acciones de IIC del
Grupo.
Reseñando a los partícipes el derecho de
separación que les asiste en el plazo de un mes, a partir
de la fecha de publicación del presente anuncio
o de la fecha de remisión de la comunicación
realizada a los partícipes sí fuere posterior, por el valor
liquidativo del día en que se produzca la inscripción
de la modificación en el registro administrativo de
la CNMV.
Barcelona, 18 de abril de 2002.-La sociedad
gestora.-14.825.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid