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Hace saber a don Eugenio Torres Tello de
Meneses, en relación con el expediente incoado al amparo
de la Ley 35/1995, de 11 de septiembre, de Ayudas
y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos
y Contra la Libertad Sexual, que procede desestimar
al interesado la ayuda por Incapacidad Temporal
solicitada al amparo de dicha Ley. Y ello, en
cumplimiento del artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrarivo Común.
Madrid, 15 de abril de 2002.-El Subdirector
General de Gestión de Clases Pasivas, Heliodoro
Giner Ubago.-14.799.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid