Finalizado el plazo de información pública abierto
a efectos de subsanar posibles errores que hubieran
podido producirse en la relación de bienes, derechos
y propietarios afectados por el expediente de
referencia, este Ministerio, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa, ha resuelto fijar para el día 9 de mayo
de 2001, en el Ayuntamiento de Anaya y para el
día 10 de mayo de 2001, en el Ayuntamiento de
Garcillán, el levantamiento de actas previas a la
ocupación de los bienes y derechos de necesaria
utilización para las obras en los términos
municipales de Anaya y Garcillán. Independientemente
de la citación de carácter personal, que se realizará
a cada uno de los titulares de los bienes y derechos
afectados, según lo establecido en el artículo 52
de la vigente Ley de Expropiación forzosa, se
expondrán las relaciones completas de los mencionados
propietarios en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, así como en dos periódicos de máxima
difusión en la provincia. Dicho trámite será iniciado
en los Ayuntamientos de Anaya y Garcillán, en
los días y horas indicados, donde deberán
comparecer los interesados con los documentos que
acrediten tanto su identidad como la titularidad
sobre los bienes y derechos expropiados.
Madrid, 17 de abril de 2001.-El Ministro.-Por
delegación, el Director General de Ferrocarriles
(Orden de 25 de septiembre de 2000, "Boletín Oficial
del Estado" de 5 de octubre), Manuel Niño
González.-18.737.
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