Con fecha 18 de febrero de 2000 el Consejo
de la Junta de Galicia aprobó definitivamente el
proyecto sectorial de incidencia supramunicipal de
la actuación industrial "Río do Pozo" sector II en
Narón, declarando expresamente la utilidad pública
de las obras y la urgente ocupación a los efectos
de la expropiación forzosa de los bienes y derechos
necesarios para la ejecución de las instalaciones
("DOGA" de 25 de febrero de 2000).
El 29 de septiembre de 2000, el Pleno del
Concello de Narón acordó la aprobación del inicio del
expediente de expropiación forzosa, siendo órgano
expropiante el Concello de Narón y entidad
beneficiaria Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo,
asimismo, se aprobó la relación concreta e
individualizada de los bienes y derechos afectados que
fue notificada individualmente, y su sometimiento
a información pública por plazo de quince días
("Boletín Oficial del Estado" de 27 de febrero de 2001),
sin que se hubieran formulado alegaciones durante
dicho período.
En sesión de fecha 30 de marzo de 2001, el Pleno
ha acordado aprobar definitivamente la relación de
los bienes y derechos afectados por el citado
expediente de expropiación, convocando a sus titulares
para que comparezcan el próximo día 8 de mayo
al objeto de proceder al levantamiento de las actas
previas a la ocupación en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación
Forzosa y concordantes del Reglamento.
Finca número: 200.01.
Titular: Fernández Robles, Hnos. R/ Franco, 40,
1.o, Ferrol.
Datos de la finca:
Datos registrales: Tomo 1.818, libro 724, folio
222, finca 55.918. T. afectada: 1.054 metros
cuadrados.
Aprovechamiento actual: Monte.
Finca número: 206.
Titular: Desconocido.
Datos de la finca:
T. afectada: 43 metros cuadrados.
Aprovechamiento actual: Monte.
Con objeto de proceder al levantamiento de las
actas previas a la ocupación, y si procediera, al
de las de ocupación definitiva, se convoca el citado
día 8 de mayo de 2001, a las doce horas, en el
Ayuntamiento donde radican las fincas afectadas,
a todos los interesados, así como a las personas
que sean titulares de cualesquiera clase de derechos
e intereses sobre los bienes afectados.
Los titulares afectados deberán asistir
personalmente o bien representados por persona
debidamente autorizada para actuar en su nombre y
representación, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, último recibo de la contribución
y certificación catastral, pudiendo hacerse
acompañar a su costa, si lo estiman oportuno, de Perito
y Notario.
La presente publicación se realiza, igualmente,
a los efectos que determina el artículo 59.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Narón, 5 de abril de 2001.-El Alcalde, Juan Gato
Díaz.-&18.327.
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