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Documento BOE-B-2001-88035

Resolución del Ministerio de Fomento, de 6 de abril de 2001, por la que se abre información pública correspondiente al expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo de las obras del Ente Público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF), línea ferroviaria de alta velocidad entre Córdoba y Málaga, tramo Ctra. A445-Arroyo del Salado. Plataforma, en los términos municipales de Santaella y Guadalcazar.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 12 de abril de 2001, páginas 4520 a 4525 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2001-88035

TEXTO

El Ente Público Gestor de Infraestructuras

Ferroviarias (GIF) insta la incoación del correspondiente

expediente expropiatorio para disponer de los

terrenos necesarios para la ejecución de las obras del

proyecto de expropiación forzosa línea ferroviaria

de alta velocidad entre Córdoba y Málaga, tramo

Crta. A445-Arroyo del Salado. Plataforma, cuyo

proyecto ha sido debidamente aprobado.

Dichas obras están incluidas en la normativa de

la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de

los Transportes Terrestres, siendo aplicable a las

mismas su artículo 153. Asimismo, las referidas

obras se encuentran amparadas por lo establecido

en los artículos 228, 233 y 236.2 del Reglamento

de la Ley de Ordenación de los Transportes

Terrestres de 28 de septiembre de 1990. Por lo que la

aprobación del proyecto referenciado en el

encabezamiento del presente escrito conlleva la

declaración de utilidad pública y la urgencia de la

ocupación a efectos de expropiación forzosa, de aquí

la aplicación de los preceptos contenidos en el

artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de

16 de diciembre de 1954 y concordantes de su

Reglamento de 26 de abril de 1957.

Este Ministerio ha resuelto, en el día de la fecha,

abrir información pública durante un plazo de

quince (15) días hábiles, computados en la forma

dispuesta en el artículo 17, párrafo primero, del

Regla

mento de 26 de abril de 1957, para que los

propietarios que figuran en la relación que a

continuación se detalla y todas las demás personas o

entidades que se estimen afectadas por la ejecución

de las obras puedan formular por escrito ante este

Departamento las alegaciones que consideren

oportunas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de

Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y en

el artículo 56 del Reglamento para su aplicación.

En los Ayuntamientos de los términos

municipales de Santaella y Guadalcázar estarán a

disposición de los propietarios afectados, la Memoria,

la relación de bienes y derechos afectados, así como

los planos generales de expropiación relativos a los

municipios referenciados.

Madrid, 6 de abril de 2001.-P. D., el Director

general de Ferrocarriles (Orden de 25 de septiembre

de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 5 de

octubre), Manuel Niño González.-16.976.

ANEXO (Ver imágenes páginas 4521 a 4525).

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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