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Documento BOE-B-2001-57081

Resolución de la Demarcación de Costas en Murcia sobre notificación de la Orden ministerial de fecha 31 de enero de 2001 aprobando el deslinde según se define en los planos que se integran en el proyecto y que están fechados noviembre de 1999, en los que se delimitan los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa, de unos 4.068 metros de longitud, comprendido entre Punta del Plomo (M-19 de Z.M.T., Orden de 6 de abril de 1963) y la margen oeste de las salinas de Marchamalo (M-81 de Z.M.T., Orden de 5 de julio de 1968), en el término municipal de Cartagena (Murcia).

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2001, páginas 3027 a 3027 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2001-57081

TEXTO

Para los propietarios colindantes y los interesados

desconocidos o ausentes que se hallan afectados

por el expediente de deslinde mencionado, y cuya

notificación personal ha resultado infructuosa, se

procede a notificar la Orden de fecha 31 de enero

de 2001, aprobatoria del citado expediente de

deslinde, de acuerdo con lo establecido en el artículo

59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ

y PAC) sobre notificaciones a interesados cuando

éstos sean desconocidos o ausentes o se ignore su

domicilio:

La Dirección General de Costas del Ministerio

de Medio Ambiente, por delegación del

excelentísimo señor Ministro, y de conformidad con el

servicio jurídico, ha resuelto:

"I) Aprobar el deslinde según se define en los

Planos que se integran en el proyecto y que están

fechados noviembre de 1999, en los que se delimitan

los bienes de dominio público marítimo-terrestre

del tramo de costa, de unos 4.068 metros de

longitud, comprendido entre Punta del Plomo (M-19

de Z.M.T., Orden de 6 de abril de 1963) y la margen

oeste de las salinas de Marchamalo (M-81 de

Z.M.T., Orden de 5 de julio de 1968), en el término

municipal de Cartagena (Murcia).

II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este

Departamento en Murcia que inicie las actuaciones

conducentes a rectificar las situaciones jurídicas

registrales contradictorias con el deslinde aprobado.

III) Otorgar el plazo de un año para solicitar

la correspondiente concesión a aquellos titulares de

terrenos que pudieran acreditar su inclusión en

alguno de los supuestos contemplados en la disposición

transitoria primera de la Ley 22/1988, de Costas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la

vía administrativa, los interesados en el expediente

que no sean Administraciones Públicas podrán

interponer con carácter potestativo recurso de

reposición, en el plazo de un mes, ante el excelentísimo

señor Ministro de Medio Ambiente o, directamente,

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio

de poder efectuar el requerimiento previo en la

forma y plazo determinados en el artículo 44 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente

a la práctica de la notificación de la presente

resolución.

Lo que se comunica para que por ese Servicio

Periférico se notifique la presente resolución a los

interesados en el expediente, Comunidad

Autónoma, Ayuntamientos respectivos y Registro de la

Propiedad, debiendo remitirse a este Centro Directivo

los acuses de recibo o los duplicados firmados que

permitan tener constancia del recibo de las citadas

notificaciones."

Murcia, 20 de febrero de 2001.-El Jefe de la

Demarcación, Salvador Barnés Mora.-9.461.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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